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Tribunal Superior

ASOCIART ART S.A. EN J° 165216 SALOMONE MARCELO DARIO C/ ASOCIART ART SA P/ ACCIDENTE P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL (LEY 9423)

El actor reclamó prestaciones dinerarias por incapacidad laboral parcial y permanente (ILPPD) por traumatismo facial y secuelas derivadas de un accidente del 30/03/2022. La Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso extraordinario interpuesto por Asociart ART SA y confirmó la condena de primera instancia (ILPPD 8,09% y pago de $3.736.851,67), imponiendo costas a la recurrente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07181548-4/1
Pericia medica Accidente laboral Art Baremo Ilppd Costas y honorarios. Ley 26.773 Decreto 659/96 Decreto 49/14 Recurso extraordinario provincial F | caratula | tribunal | fecha | expediente | fallos | relacion | | cita --fin-citas--- | csjn | F | F | carinadu sa c/. banco de la provincia de buenos aires | | 2016-03-02 | cs expte. 4120/200002 | | fallos: 304:1826 | cita | fallos: 308:551 | menciona | fallos: 308:1118 | menciona | fallos: 318:73 | menciona | fallos: 319:1728 | menciona | fallos: 328:1100 | menciona

¿Quién es el actor?

Marcelo Darío Salomón.

¿A quién se demanda?

Asociart ART S.A. (ART).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias de la Ley de Riesgos del Trabajo por ILPPD (se solicitó 10% por traumatismo facial con reconstrucción dentaria y secuelas) originado en accidente del 30/03/2022.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso extraordinario provincial interpuesto por Asociart ART SA; se confirmaron las consecuencias prácticas de la sentencia de grado (condena por ILPPD 8,09% con monto en primera instancia $3.736.851,67 más intereses y costas), se impusieron las costas del recurso a la recurrente y se regularon honorarios; se indicó destino de depósito de $186.842,58.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales del fallo (lenguaje original):

"La Sentencia del a quo –agregada a fs. 30 y sgtes.-, hizo lugar a la demanda deducida por Marcelo Darío Salomón y condenó a la accionada Asociart ART SA al pago de $ 3.736.851,67 en concepto de prestaciones dinerarias de la LRT por ILPPD del 8,09% por alteración funcional postraumática de la ATM con alteración de la oclusión maxilar inferior, como consecuencia del accidente del 30 de marzo de 2022, con más sus intereses y costas."

"El perito respondió y afirmó que su informe se ajustó a derecho, al seguir las normas del decreto 659/96 en el capítulo Cabeza y Rostro, ítem: 'Maxilar inferior. Incluye rama ascendente, rama horizontal, Gonión, Apófisis Coronoidea, Zona del Cóndilo-borde superior alveolar y Mentón según secuela. Pérdida de la función masticatoria 70%. Mutilaciones extensas de partes óseas y blandas 60-80'. Afirmando que 'de la evaluación clínica, constancias obrantes, estudios complementarios y la evaluación solicitada a especialista odontólogo del actor; se obtuvieron datos suficientes para determinar la existencia de secuelas en el rostro (pérdida de pieza dentaria, tratadas satisfactoriamente) y articulación temporomandibular derecha, relacionadas con el accidente denunciado, el cual se encuentra documentado como factor de atribución y cuya etiología es claramente traumática y fue reconocido por la ART Asociart'."

"Por todo ello me pronuncio por el rechazo del recurso extraordinario provincial interpuesto por la demandada, solución que resulta procedente, desde que, por un lado, no constituye labor del ad quem, suplir errores u omisiones, ni mejorar el recurso presentado en forma deficiente, debido a la naturaleza excepcional y restrictiva de esta instancia extraordinaria ... y por otro, la admisión formal del remedio extraordinario intentado, no hace cosa juzgada, por lo que nada impide su revisión al examinar los aspectos sustanciales del mismo."

¿Cómo votaron los jueces?

No hubo votos en disidencia; los Dres. Day y Llatser adhieren al voto del Dr. Valerio (unanimidad).

Normas que cita

  • Constitución (Provincia De Mendoza)art. 160
  • Ley 26.773art. 9 · Riesgos del trabajo
  • Decreto 659/96
  • Decreto 49/14
  • Ley 9131 (Provincia De Mendoza)arts. 2, 3, 15, 16, 31
  • Ley 24.557

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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