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Tribunal Superior

FISCAL C/ MUNOZ BARRIO, JOEL JEREMIAS P/ROBO DE VEHÍCULOS P/ RECURSO EXT.DE CASACIÓN (LEY 9423)

Se enjuició a un imputado por robo agravado de vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa. La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó la condena y la pena de cuatro años, sosteniendo que la valoración probatoria siguió la sana crítica racional y que existió violencia sobre el vehículo que justifica la agravante por fuerza en las cosas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07804701-6/1
Prueba Vehiculo Fuerza en las cosas Robo agravado Disidencia Tentativa Sana critica racional Arts. 40 y 41 cp Pena: cuatro anos Arts. 167 cp

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (imputación penal).

¿A quién se demanda?

Imputado/encartado (persona condenada por robo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la sentencia condenatoria por el delito de robo agravado (vehículo dejado en la vía pública) en grado de tentativa y de la pena impuesta (cuatro años de prisión).

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia condenatoria; se consideró adecuada la fundamentación y la apreciación de la prueba conforme a la sana crítica racional; se sostuvo la existencia de la agravante de fuerza en las cosas; se mantuvo la pena de cuatro años por encontrarse dentro de la escala aplicable para tentativa (dos a cinco años).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La sentencia se encuentra dotada de la motivación suficiente para ser considerada un acto jurisdiccional válido, el cual no adolece de falencias que ameriten su anulación, cuando los elementos de convicción son valorados siguiendo los principios de la sana crítica racional, la lógica y la experiencia."

"Teniendo por acreditada la autoría en el delito de robo agravado de vehículo dejado en la vía pública y por haberse ejercido violencia sobre éste, ya que que el tambor del motovehículo fue dañado, el elemento con que el mismo se produjera carece de entidad suficiente para descartar la agravante de la fuerza en las cosas que requiere el tipo penal del art. 167 inc. 4 del CP."

"Con respecto al quantum de la pena, la escala penal para el delito de robo agravado de vehículo dejado en la vía pública, oscila de un mínimo de tres años de prisión a un máximo de diez años de prisión, los que deben reducirse, conforme la jurisprudencia plenaria de esta Suprema Corte de Justicia respecto de los delitos tentados a dos años de mínimo y un máximo de cinco años de prisión." (Voto: Llatser, adhiere: Gomez)

"La escala penal, de acuerdo a la calificación legal de delito de robo agravado en la vía pública en grado de tentativa, oscila entre los dos y cinco años de prisión, de allí que la pena impuesta al encartado, de cuatro años de prisión, se ubica dentro de aquella escala y se encuentra debidamente fundamentada, de acuerdo con las pautas de los arts. 40 y 41 del CP." (Disidencia: Garay Cueli)

¿Cómo votaron los jueces?

voto mayoritario (Llatser) con adhesión de Gomez; disidencia de Garay Cueli sobre puntos de la pena (aunque la mayoría confirma).

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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