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Tribunal Superior

EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE MENDOZA S.A. (EDEMSA) C/ ENTE PROVINCIAL REGULADOR ELECTRICO (EPRE) P/ ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA (ART. 2 INC. 4 LEY 9.423; ART. 1° CPA; ART. 187 LEY 9003)

EDEMSA promovió acción procesal administrativa contra el EPRE solicitando anular resoluciones que no dieron trámite a recursos de revocatoria por falta de pago previo de multas/bonificaciones. La Suprema Corte de Mendoza rechazó la demanda por entender que el requisito contractual solve et repete fue voluntariamente asumido por la concesionaria y que, en el procedimiento contractual, la empresa es la obligada a determinar y bonificar las sanciones antes de recurrir.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - COMPETENCIA ORIGINARIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - COMPETENCIA ORIGINARIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07432621-2
Fuerza mayor Contrato de concesion Solve et repete Edemsa Accion procesal administrativa Epre Sanciones/bonificaciones Procedimiento etapa 2 Resolucion epre 103/09 Tutela del usuario (note: en el bloque jarg-citas se consignan las normas y fallos expresamente citados o mencionados en la sentencia Cuando el texto no brinda ano o articulo con exactitud Se coloco - en ese campo conforme a las instrucciones del expediente.)

¿Quién es el actor?

Empresa Distribuidora de Electricidad de Mendoza S.A. (EDEMSA).

¿A quién se demanda?

Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Anulación de las Resoluciones EPRE N° 124/2023, 125/2023, 126/2023 y 127/2023 que no otorgaron trámite de ley a recursos de revocatoria interpuestos contra distintas Disposiciones Gerenciales GTS que rechazaron alegadas causales de fuerza mayor; y orden de remitir actuaciones para nueva decisión conforme a derecho.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la acción procesal administrativa; se impusieron las costas a la actora; se regularon honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Del desarrollo efectuado en los puntos anteriores se concluye que los actos administrativos cuestionados mediante la acción en trato, no son arbitrarios ni ilegítimos, y han respetado el debido proceso y el derecho de defensa, por lo cual, atento a no encontrarse afectados por los vicios que la empresa actora les endilga, corresponde rechazar la demanda interpuesta." (Bloque dispositivo, apartado D. Conclusión).

2) "Ello en tanto, en el especial sistema examinado, las sanciones o multas si bien en algunos casos pueden ser impuestas por resolución del EPRE cuando la Distribuidora incumple con otras obligaciones asumidas contractualmente, en los supuestos de interrupciones por caso fortuito o fuerza mayor, las sanciones se identifican con aquellas interrupciones que han sido rechazadas como tales y que luego deben ser bonificadas y devueltas a los usuarios." (III. SOLUCIÓN DEL CASO, apartado A. y iii).

3) "El cumplimiento previo de la sanción como requisito de impugnabilidad de las decisiones de la accionada, fue reafirmado y reconocido por la Distribuidora en el Convenio Referido al Proceso de Readecuación del VAD ... aprobado por Decreto Provincial N° 2310/2017 y ratificado por Ley 9.034." (III.b.iii y b.iii más adelante).

4) "Se advierte así que aquel requisito previo que califica en esta instancia la actora como inconstitucional, ilegal o arbitrario, fue aquello que ella misma voluntariamente acordó en el Contrato de Concesión y luego ratificó en el Convenio de Readecuación del VAD, para la revisión de las decisiones en sede administrativa." (III.b.iii).

¿Cómo votaron los jueces?

El voto del Dr. José V. Valerio motiva la decisión y los Dres. Dalmiro Garay Cueli y María Teresa Day adhieren por los mismos fundamentos; no se registran disidencias.

Normas que cita

  • Ley 9.003 (Mendoza)
  • Ley 6.497 (Mendoza)arts. 1, 15, 31, 54
  • Ley 9.034 (Mendoza)
  • Decreto 2310/2017 (Mendoza)
  • Resolución EPRE 103/09 (Mendoza)
  • Resolución EPRE 083/02 (Mendoza)
  • Resolución EPRE 006/23 (Mendoza)
  • Ley 3.918 (Mendoza)art. 10
  • Ley 27.742art. 25 bis (LPAN) · Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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