JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

BALDERRAMA MARIA VALENTINA C/ HOSPITAL REGIONAL ANTONIO J. SCARAVELLI DE TUNUYAN P/ ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA (ART. 2 INC. 4 LEY 9.423; ART. 1° CPA; ART. 187 LEY 9003)

La actora promovió Acción Procesal Administrativa solicitando que se anule el artículo 4 del Decreto Nº 1525/2023 y se le abonen las diferencias salariales por el suplemento por subrogancia con retroactividad. La Suprema Corte, por mayoría, hizo lugar a la demanda: anuló parcialmente el decreto en cuanto limitó el pago retroactivo y ordenó liquidación y pago de las diferencias (con límite bienal por prescripción), y que continúe el pago mientras subsistan las funciones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - COMPETENCIA ORIGINARIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - COMPETENCIA ORIGINARIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07320146-7
Retroactividad Prescripcion bienal Subrogancia Liquidacion de diferencias Suplemento por subrogancia Accion procesal administrativa Competencia originaria. Decreto 1525/2023 Resolucion 78/2015 Funcionarios publicos provinciales (observaciones sobre el bloque de citas: se consignaron unicamente las normas y fallos que el texto del fallo menciona o invoca. donde el fallo no proporciona numero de norma o fecha completa Se consigno - en los campos pertinentes Tal como indica la pauta.)

¿Quién es el actor?

M. Valentina Balderrama (personal de planta del Hospital Regional Antonio J. Scaravelli).

¿A quién se demanda?

Hospital Regional Antonio J. Scaravelli (nosocomio público provincial, entidad descentralizada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Anulación parcial del art. 4 del Decreto Nº 1525/2023 por limitación temporal del reconocimiento del suplemento por subrogancia; pago de diferencias salariales retroactivas por subrogancia desde la asignación de funciones (17.04.2015) o, subsidiariamente, desde dos años anteriores al primer reclamo administrativo; y que se mantenga el pago mientras subsistan las circunstancias que dieron lugar a la subrogancia.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se hizo lugar a la demanda: se anuló en parte el Decreto Nº 1525/2023 (en lo que denegó el reconocimiento retroactivo desde la asignación de funciones y en cuanto limitó el pago al 31.12.2023); se condenó a la demandada a practicar liquidación y pagar las diferencias salariales devengadas desde agosto de 2016 (dos años anteriores al reclamo administrativo de 13.08.2018) hasta el momento en que comenzó a percibirse la subrogancia, con intereses conforme al voto mayoritario; y se condenó a la demandada a continuar pagando la subrogancia mientras la actora la ejerza. Se impusieron las costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes (textual, lenguaje original del tribunal):

"Por todo lo expuesto, se observa que el proceder de la demandada resultó razonable, ajustado a derecho, sin padecer los vicios endilgados por el actor. Por ello, si mis distinguidos colegas de Sala comparten la solución propuesta, corresponde rechazar la demanda." (voto preopinante, Dr. Garay Cueli, en el tratamiento inicial de la cuestión de fondo).

"En consecuencia, la demandada deberá practicar liquidación y presentarla en esta causa para su aprobación -y posterior pago-, en que se calculen las diferencias salariales generadas entre lo que efectivamente percibió la actora mensualmente, desde agosto del año 2016, inclusive, y lo que debió percibir por la subrogancia como Encargada de Registraciones Contables (Clase 11-Encargatura de Segundo Nivel), computadas hasta el momento en que comenzó a percibir efectivamente la mencionada subrogancia, con más intereses legales..." (voto del Dr. Dalmiro F. Garay Cueli, Segunda Cuestión).

"R E S U E L V E: 1°) Hacer lugar a la demanda entablada, el 25.08.2023, por M. Valentina Balderrama, con el alcance explicitado en el voto mayoritario de la Segunda Cuestión. 2°) Condenar a la demandada a practicar liquidación y pagar las diferencias salariales resultantes... 3°) Condenar a la demandada a continuar pagando a la actora la subrogancia dispuesta en el Decreto Nº 1525, de fecha 18.07.2023, en tanto continúe ejerciendo la misma. 4°) Imponer las costas del proceso a la demandada vencida..." (bloque dispositivo final).

Citas textuales relevantes incluidas arriba; se consignan además las discrepancias: el Dr. Mario D. Adaro (adh. Dr. Julio R. Gómez) votó en disidencia por admitir la acción totalmente y fijar retroactividad mayor (y mantener el pago mientras subsistan las funciones), cuestionando la conducta administrativa y enfatizando el principio de igual remuneración por igual tarea.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.