BAUZA JANNELLO MALENA P.S.Y.P.S.H.M. EN J° 13-07356906-5 (010302-57650) ZANGOLI CRISTIAN EVELINA - ALONSO SEBASTIAN EDGARDO Y LOPEZ JORGE MARTIN C/ MUSCIANISI GUSTAVO PABLO P/ EJECUCIÓN DE HONORARIOS P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL (LEY 9423)
La Sra. Malena Bauza Janello interpone recurso extraordinario provincial contra la confirmación del rechazo del incidente de inejecutabilidad sobre el 50% de la unidad funcional embargada en ejecución de honorarios. La Suprema Corte de Mendoza rechazó el recurso y confirmó la resolución de la Cámara, sosteniendo que el inmueble no reúne condiciones de habitabilidad exigidas para ser considerado “vivienda familiar” protegida por el art. 456 del CCCN.
¿Quién es el actor?
Malena Bauza Janello, por su propio derecho y en representación de su hijo menor Benicio Muscianisi.
¿A quién se demanda?
Ejecutantes / acreedores (Dres. Cristian E. Zangoli, Sebastián E. Alonso y Jorge M. López) en el marco del expediente de ejecución de honorarios contra Gustavo P. Muscianisi.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente de inejecutabilidad del embargo trabado sobre el 50% de la Unidad Funcional (UF 7 Bloque H, Sierras de Aguaribay), alegando que el bien es vivienda familiar y por tanto inejecutable (art. 456 CCCN).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario y se confirmó la resolución de la Segunda Cámara que había rechazado el incidente de inejecutabilidad. Se impusieron las costas de la instancia extraordinaria a la recurrente y se diferió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No se desconoce que en la actualidad la vivienda no se protege en conexión con las relaciones familiares, sino en virtud de que la vivienda es un derecho humano (art 14, 14 bis CN, art. 17 CADH, art. 21 CADH, Convención derechos del Niño art. 27, art. 15 Protocolo de San Salvador), la protección se transforma así en un instituto independiente de la familia, aunque no ajeno a ella. Ahora bien se requiere sí en todos los casos, el destino de vivienda del inmueble que conforme el diccionario de la Real Academia Española se define vivienda como “lugar cerrado y cubierto construido para ser habitado por personas”. Se entiende por habitar el “vivir u ocupar habitualmente un lugar o casa”."
"La recurrente se abroquela en solicitar la aplicación abstracta de las normas que protegen la “vivienda familiar”, en especial la protección que brinda el art. 456 del CCCN desnaturalizando la finalidad del legislador, sin hacerse cargo de los argumentos de las instancias de grado respecto que el inmueble embargado y que se intenta ejecutar no se trata de la vivienda familiar sobre el cual el art. 456 busca proteger. Ello por cuanto no prueba la quejosa que en aquel inmueble resida la familia, ya que el mismo se encuentra sin techo y sin paredes conforme las actas que han sido consentidas en la causa."
"Resulta innecesario el análisis que pretende la recurrente sobre las medidas de protección de las que goza la vivienda familiar cuando en definitiva el inmueble no puede ser considerado como vivienda al tratarse de una obra en construcción."
Dispositivo (transcripción): "1) Rechazar el recurso extraordinario interpuesto en autos y en consecuencia confirmar la resolución de los autos n°. 57.650/13-07356906-5... dictada por la Segunda Cámara... en fecha 21/05/2025. 2) Imponer las costas a la parte recurrente vencida (art. 36 CPCCTM). 3) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se encuentren regulados los de las instancias de grado."
¿Cómo votaron los jueces?
Unanimidad de los Dres. José V. Valerio; Dalmiro F. Garay Cueli; Julio R. Gomez (adhieren al voto que antecede). No hay votos en disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.