EXPERTA ART SA EN J 166342 GUAJARDO SOLEDAD EDITH C/ EXPERTA ART SA P/ ACCIDENTE (LEY 9423) P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL
La actora demandó a Experta ART S.A. por indemnización por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La Suprema Corte de Justicia de Mendoza admitió el recurso extraordinario de la aseguradora, modificó parcialmente la sentencia de grado fijando la indemnización en $2.810.093 y restableció la tasa de interés prevista en el art. 12 de la Ley 24557.
¿Quién es el actor?
Soledad Guajardo.
¿A quién se demanda?
Experta ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por incapacidad laboral parcial y permanente por accidente de trabajo (Ley 24557 y normativa conexa).
¿Qué se resolvió?
Se admitió el recurso extraordinario provincial interpuesto por Experta ART S.A., se modificó la sentencia de grado en su parte pertinente y se ordenó condenar a Experta ART S.A. a pagar a la actora la suma de $2.810.093 en 5 días (con apercibimiento del inciso 3° del art. 12 Ley 24557), costas a la accionada, y regulaciones sobre honorarios, IVA y devolución de depósito en garantía por $245.600.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En definitiva, el agravio se admite y la incapacidad laboral parcial y definitiva de la actora se determina en un 8,64%, incluidos los factores de ponderación."
"Así las cosas, se impone admitir el agravio y restablecer la tasa de interés contemplada por el artículo 12 de la Ley 24557."
"En esa inteligencia, corresponde asumir la jurisdicción positiva que ostenta este Cuerpo (art. 150, inciso I del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario), con la finalidad de resolver la contienda, dado que es necesario brindar tutela judicial efectiva y oportuna, en tiempo razonable, evitando el reenvío, con la nueva vulneración de derechos que conlleva, ante la prolongación temporal de la decisión definitiva de la causa, entre otros inconvenientes... la reparación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial queda justipreciada a valores del momento de la primera manifestación invalidante (18/10/2022), a lo que denominaré 'capital histórico'... monto inferior al mínimo legal ... por lo que deberá considerarse este último."
(Adhesión: los Dres. Palermo y Day adhieren al voto del Dr. Adaro; el acuerdo y el texto dispositivo final son los que mandan.)
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Normas que cita
- Ley 24557arts. 12, 14, 3 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27348Riesgos del trabajo
- Ley 26773art. 3 · Riesgos del trabajo
- Decreto 659/96
- Resolución 51/2022 (Nacional (srt))
- Codigo Procesal Civil, Comercial y Tributario (Provincial (mendoza))arts. 145, 150, 160, 162, 36, 31
- CCyCNarts. 768, 770 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 9131 (Provincial (mendoza))arts. 2, 3, 15, 31
- Constitución Nacionalarts. 75 inc.12, 16 · Constitucion nacional
- Resolución N° 414/99 (Nacional (srt))
- Convenio 95 OIT
- Sentencia Corte IDH (Corte Idh)
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