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Tribunal Superior

F. C/ QUIROGA GAMBOA JOSE ESTEBAN P/ AMENAZAS SIMPLES, AMENAZAS AGRAVADAS POR EL USO DE ARMA (VARIOS HECHOS) Y DAÑOS SIMPLES, TODO EN CONCURSO REAL P/ RECURSO EXT.DE CASACIÓN

Imputado acusado por amenazas y daño con violencia o amenaza en las personas; se analiza la idoneidad objetiva de la amenaza y la configuración del dolo. El tribunal sostuvo que la amenaza se perfecciona con su aptitud objetiva para afectar la libertad de la víctima, que la reiteración, el empleo de arma y la persecución permiten acreditar dolo directo, y que la ebriedad no exonera si existe conservación del dominio de los actos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07882244-3/1
Ebriedad Amenazas Persecucion Reiteracion Dolo directo Empleo de arma Dano con violencia o amenaza Idoneidad objetiva de la amenaza Conservacion del dominio Valoracion penal

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal / Estado (imputación penal contra el procesado).

¿A quién se demanda?

Imputado (no identificado por nombre en el extracto).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Investigación/pretensión punitiva por los delitos de amenazas y daño con violencia o amenaza en las personas; valoración del dolo y de la influencia de la ebriedad en la imputabilidad/culpabilidad.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal entiende que la amenaza debe valorarse objetivamente por su aptitud para afectar la libertad de organización de la víctima; la reiteración deliberada de la conducta, el empleo de un arma y la persecución permiten descartar un mero exabrupto y acreditar el dolo directo; la ebriedad invocada por el imputado no excluye la responsabilidad cuando la conducta evidencia conservación del dominio de los propios actos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La idoneidad de la amenaza debe determinarse objetivamente por su aptitud para afectar la libertad de organización de la víctima, sin que resulte indispensable la acreditación de un temor efectivamente experimentado."

"El delito se perfecciona con la utilización de una amenaza objetivamente idónea, mientras que la reiteración deliberada de la conducta, incluido el empleo de un arma y la persecución de las víctimas, permite descartar un mero exabrupto emocional y acreditar el dolo directo."

"El estado de ebriedad alegado por el imputado no excluye la responsabilidad cuando la conducta desplegada evidencia conservación del dominio de los propios actos."

¿Cómo votaron los jueces?

No surge del extracto información sobre votos en disidencia.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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