GAZON SERRANO CARLOS EN J 58770 RIBAS FORNES VALENTINA C/ GUZMAN OSCAR FLAVIO Y SUCESORES ROBBIO ANA MARIA P/ ESCRITURACIÓN P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL (LEY 9423)
Los Dres. Ana Garzón Rogé y Carlos Garzón Serrano impugnaron el rechazo de su apelación contra la regulación de honorarios en autos de escrituración. La Suprema Corte de Mendoza rechazó el recurso por falta de integración de la litis y por riesgo de afectar el derecho de defensa de terceros legitimados, en atención al carácter restrictivo de la vía extraordinaria y los límites del art. 40 del CPCCTM.
¿Quién es el actor?
Dra. Ana Garzón Rogé (por su propio derecho) y Dr. Carlos Garzón Serrano (recurrentes).
¿A quién se demanda?
Primera Cámara de Apelaciones en lo Civil Comercial, Minas, de Paz, Tributario de la Primera Circunscripción Judicial (por la resolución del 01/09/2025) y, en la cadena fáctica, la parte contraria en el principal (Ribas Fornes Valentina c/ Guzmán Oscar Flavio y sucesores Robbio Ana María).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se revoque la resolución que rechazó la apelación (art. 40 CPCCTM) contra el auto regulatorio de honorarios; sostienen que hubo error material en la aplicación de la base regulatoria (97 JUS) y en el cálculo de los honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el Recurso Extraordinario Provincial interpuesto por los Dres. Ana Garzón Rogé y Carlos Garzón Serrano; se omitió imposición de costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de los párrafos más relevantes (texto original del fallo):
"Como se advierte, el recurso en trato ostenta un defecto en la debida integración de la litis que los recurrentes no podían ignorar, ya que cualquier decisión que recayese en esta instancia en orden a la materia en disputa alcanzaría no sólo a los intereses de la parte recurrida sino necesariamente también a aquella omitida en los presentes, esto es, la parte demandada en el principal, en tanto la sentencia que ordena la escrituración de fecha 27/07/2022 -integrada por aclaratoria de fecha 12/08/2022- también impone costas a su cargo."
"Ningún pronunciamiento útil podría dictar este Cuerpo sin la posibilidad de defensa de todos aquellos quienes ostenten un interés jurídico en su resultado, bajo serio riesgo de afectar derechos constitucionales vinculados con el derecho de defensa y el debido proceso."
Otras citas textuales relevantes:
"La Cámara, al no distinguir entre un error de criterio (no revisable) y un error material (revisable), aplicó la norma de manera irrazonable y restrictiva." (resumen de agravios de los recurrentes)
"Atento lo dispuesto por el art. 40 CPCTM no se imponen costas." (parte resolutiva sobre costas)
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Norma Llatser, Omar A. Palermo y Julio R. Gómez adhieren; la decisión es unánime.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Fallos que cita
- Gaviola
- Fiscalía de Estado en J° MazzanSCJM · 22/04/2026
- Del SoucSCJM · 04/08/2025
- LoyolaSCJM · 15/02/2024
- Vazquez, MarisabelSCJM · 15/08/2023
- CamassaSCJM · 31/08/2022
- Fondo Vitivinícola Mendoza en J° 54898 Los Haroldos S.A. C/ Fondo Vitivinícola MendozaSCJM · 02/08/2022
- Maldonado Janet (L.S. 613-219)
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.