PROVINCIA A.R.T. SA EN J° 166398 AGUIRRE FABIAN MAURICIO C/ PROVINCIA ART SA P/ ENFERMEDAD ACCIDENTE P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL (LEY 9423)
El actor reclamó indemnización por incapacidad laboral por hipoacusia sensorioneural bilateral en virtud de la Ley de Riesgos del Trabajo. La Suprema Corte admitió el recurso extraordinario provincial de Provincia ART S.A. y modificó la condena fijando la indemnización en $603.262,34, con intereses desde la primera manifestación invalidante (29/09/2021), imponiendo costas en el orden causado.
¿Quién es el actor?
Fabián Mauricio Aguirre.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por incapacidad laboral por enfermedad profesional (hipoacusia sensorioneural bilateral) conforme Ley de Riesgos del Trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se admitió el recurso extraordinario provincial interpuesto por Provincia ART S.A. y se modificó el punto II del resolutivo de la Cámara, quedando la condena en $603.262,34 como capital de condena por incapacidad del 6,17%, con intereses desde el 29/09/2021; plazo de pago cinco días; costas de la instancia a las partes en el orden causado; regulación de honorarios y demás órdenes indicadas en el resolutorio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes (citas textuales del fallo):
“La sentencia de grado admitió la demanda por indemnización conforme Ley de Riesgos del Trabajo, por la suma de $ 11.822.675,55, por entender que el actor padece de ‘hipoacusia sensorio neural bilateral’, la que le provoca un 6,17% de incapacidad parcial permanente; y que, entendió, fuera provocada por las condiciones de trabajo del actor, en el Departamento General de Irrigación.”
“Por consiguiente, transgrede la regla de la aplicación integral de la ley vigente, que impide construir un ordenamiento con los aspectos que se estimen más convenientes de diversas leyes […] Así las cosas, se corrobora que lo resuelto por la sentencia de cámara en pugna, controvierte los criterios sostenidos en esta Corte; por lo que se impone admitir el agravio y restablecer la base de cálculo contemplada por el artículo 12 en su inciso 2, de la Ley 24557 (texto ordenado conforme art. 11 de la Ley 27348); esto es, el IBM vigente a la fecha de la primera manifestación invalidante, con el parámetro de actualización indicado en dicho precepto legal.”
“- 53 x $ 106.758,25 x (65/45) x 6,17% = $ 502.718,62
…
Total: $ 603.262,34”
¿Cómo votaron los jueces?
“Con todo respeto, me permitiré disentir con la solución propuesta por el colega que me precede en el voto, al entender que el recurso extraordinario debe ser rechazado por adolecer de falencias formales que impiden su revisión en esta instancia.” (Dr. José V. Valerio, voto en disidencia)
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
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