JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

LUCERO ALEXIS ANAEL EN J° 20825 LUCERO ALEXIS ANAEL C/ EL GRAN PODER SA P/ ACCIDENTE DE TRABAJO P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL (LEY 9423)

El actor promovió acción por accidente de trabajo reclamando indemnizaciones por incapacidad permanente, prestaciones de la LRT y monto por art. 212 LCT. La Suprema Corte provincial admitió parcialmente el recurso extraordinario y modificó la sentencia de grado: reconoció la indemnización del art. 212, 4° párrafo por $187.120 con más intereses y rechazó en lo restante, confirmando el rechazo de la indemnización mayor y las prestaciones en especie.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07188754-9/1
Costas Indemnizacion Incapacidad permanente Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Imposicion de costas Liquidacion Art. 212 lct Recurso extraordinario provincial Honorarios ley 9131. (note: las referencias a jurisprudencia interna del tribunal provincial aparecen en el texto bajo siglas ls y sentencias propias Se han consignado las normas y la cita a csjn expresamente mencionada en la sentencia. no se han inventariado fechas/expedientes de los precedentes provinciales que la sentencia cita con siglas internas.)

¿Quién es el actor?

Alexis Anael Lucero, por apoderada Dra. Alba Silvestrini.

¿A quién se demanda?

EL GRAN PODER S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por incapacidad laboral permanente total (suma reclamada $16.464.164,96/ $16.268.789,96 en dispositivo), prestaciones por gran invalidez e indemnización por art. 212, 4° párrafo LCT (monto solicitado y/o reclamado según recibos y notificac.).

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario provincial y se modifica la sentencia de la Cámara para reconocer la indemnización prevista en el art. 212, 4° párrafo LCT por $187.120 con intereses desde el 25/05/2022; se mantiene el rechazo, en lo principal, de la demanda por incapacidad permanente total y se rechazan las prestaciones en especie del art. 20 y art. 17 LRT; se ordena liquidación por el Departamento Contable del tribunal; costas repartidas en la medida de sus vencimientos y regulación de honorarios conforme Ley 9131.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"4. Diferente solución se impone respecto a la queja vinculada a la indemnización prevista en el art. 212, cuarto párrafo de la Ley de Contrato de Trabajo, en tanto adelanto corresponde su admisión."

"i. Por todo lo expuesto y pruebas valoradas, considero que asiste derecho al recurrente y se admite la indemnización prevista por el art. 245 LCT por la suma de pesos $187.120 (art. 212, 4° párrafo LCT, con fecha de ingreso 01/08/2019 y egreso 03/04/2023), según mejor remuneración reclamada por el actor, no impugnada por la demandada, y que se corresponde con los recibos de sueldo obrantes en autos.

A dicha suma se deben adicionar los intereses moratorios devengados según las leyes vigentes por el periodo correspondiente, y desde el 25/05/2022 teniendo en cuenta el oportuno emplazamiento del trabajador.

La liquidación deberá practicarse por intermedio del Departamento Contable del Tribunal de grado, para un mejor contralor de ambas partes y conforme las pautas que anteceden.

Las costas deberán imponerse a la demandada vencida, según lo dispuesto por el art. 31 del Código Procesal Laboral."

"RESUELVE:

1) Admitir parcialmente el recurso extraordinario provincial interpuesto por Alexis Anael Lucero por medio de apoderado, en consecuencia, el resolutivo de grado queda redactado, en su parte pertinente, del siguiente modo: '...2.- Admitir parcialmente la demanda incoada por ALEXIS ANAEL LUCERO en contra de EL GRAN PODER S.A. por la suma de pesos $187.120 en concepto de indemnización art. 212 cuarto párrafo Ley 20744, con más los intereses moratorios devengados según las leyes vigentes por el periodo correspondiente, y desde el 25/05/2022; con imposición de costas a la demandada vencida (art. 31 CPL). Rechazar parcialmente la demanda incoada ALEXIS ANAEL LUCERO en contra de EL GRAN PODER S.A. por la suma de pesos $16.268.789,96 en concepto de indemnización por incapacidad laboral permanente total, con más los intereses legales conforme las pautas establecidas en la Tercera cuestión e imposición de costas al actor vencido (art. 31 CPL). 3.- Rechazar la solicitud de otorgamiento de prestaciones en especie del art. 20 de la LRT, y la prestación del art. 17 de la LRT. 4.- Diferir la regulación de honorarios y determinación de gastos causídicos para la oportunidad de practicarse la liquidación ordenada. 5.- Practíquese liquidación por medio del Departamento Contable de la Delegación Administrativa de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia...'."

(Votos: la Dra. Norma Liliana Llatser votó y los Dres. Palermo y Day adhirieron; no hubo disidencias relevantes registradas en el dispositivo final.)

Normas que cita

Fallos que cita

  • Piersante v YPFCSJN · 10/09/1991

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.