F. C/ ARANCIO CASANOVAS, CLAUDIO ABEL P/ HOMICIDIO CRIMINIS CAUSA EN GRADO DE TENTATIVA Y ACUM. P/ RECURSO EXT.DE CAS.
La defensa de Claudio Abel Arancio Casanovas promovió recurso de casación e inconstitucionalidad contra la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Penal Colegiado N.º 1. La Suprema Corte hizo lugar parcialmente a la casación y casó el resolutivo I para reducir la calificación de robo agravado por lesiones a robo simple, confirmando el resto de las condenas por amenazas.
¿Quién es el actor?
La defensa de Claudio Abel Arancio Casanovas (recurrente en casación y recurso de inconstitucionalidad).
¿A quién se demanda?
Tribunal Penal Colegiado N.º 1 de la Primera Circunscripción Judicial (sentencia n.º 1.519/2025).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugna la sentencia condenatoria por violaciones en la valoración probatoria, falta de congruencia y vulneración del derecho de defensa; se solicita casación y aplicación de la figura penal correcta (absolución o, subsidiariamente, recalificación a robo simple).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de casación y se casó el resolutivo I de la sentencia n.º 1.519/2025 para que conste la condena por ROBO SIMPLE (art. 164 CP) en autos P-66.343/23; se confirmaron las condenas por amenazas agravadas por el uso de arma y su concurso con amenazas simples en las demás causas acumuladas; se remitieron actuaciones al tribunal de origen para que la OGAP tramite la imposición de la pena conforme a la escala penal y se aplicó el procedimiento del art. 38, inc. b, ley 9.106 por resultar análoga la situación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Adelanto, desde ya, que le asiste razón a la defensa en relación con su planteo vinculado con las lesiones sufridas. Efectivamente de la prueba rendida, sólo podemos tener por acreditadas las lesiones leves que fueron constatadas por el Cuerpo Médico Forense. Así, la Dra. Brahim, evaluó a la víctima cuando la misma se hallaba internada y tuvo, tal como consta en su informe, presente la historia clínica de aquélla, la que asimismo obra agregada en autos.
De la historia clínica referida surge que Rosa Albina Amante ingresó el 15 de junio de 2023 a la Clínica Santa María con diagnóstico presuntivo de ingreso de politraumatismos, traumatismo de miembro derecho por accidente vial y, luego de su internación y estudios correspondientes, fue dada de alta el 22 de junio de 2023. Asimismo, del informe de examen físico del Cuerpo Médico Forense, como se expidió también el juez en sus fundamentos, elaborado por la Dra. Ibrahim, en donde detalla los distintos procedimientos que constan en la historia clínica, surge que la víctima sufrió lesiones que producen, habitualmente, un tiempo probable de curación e inutilidad laboral menor a un mes (ver sistema LeD, registro n.º 144).
De tal manera, al no poder tenerse por acreditado el padecimiento de lesiones graves o lesiones gravísimas con el grado de certeza que se requiere, las lesiones sufridas por la víctima no pueden sino ser propias de la violencia exigida por el tipo penal de robo simple (art. 164 del CP)."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto que resuelve (Dr. Julio R. Gómez) es adherido por los Dres. Mario D. Adaro y José V. Valerio; el acuerdo unánime de la Suprema Corte adopta la casación parcial señalada.
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Fallos que cita
- García Garro
- Funes Solorza
- Romano
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