HANNA ZAIDA DORA EN J 56944 DIGITAL_BIONDINI OSVALDO ROBERTO C/ HANNA ZAIDA DORA P/ DESALOJO POR USURPACIÓN P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL (LEY 9423)
Reclamo de desalojo por usurpación promovido por Osvaldo R. Biondini contra Zaida Z. Hanna, quien afirma haber vivido en el inmueble como hija de crianza por más de 40 años. La Suprema Corte de Justicia de Mendoza hizo lugar al recurso extraordinario, revocó las sentencias recurridas y rechazó la acción de desalojo por ser arbitraria frente a la posesión de estado, la socioafectividad, la vulnerabilidad por discapacidad y el principio de solidaridad familiar.
¿Quién es el actor?
Osvaldo Roberto Biondini, quien se declara único heredero de los titulares registrales.
¿A quién se demanda?
Zaida Zaida Dora Hanna.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Desalojo por usurpación del inmueble sito en Av. España 2880, Piso 1, Depto D, Ciudad de Mendoza.
¿Qué se resolvió?
La Excma. Suprema Corte de Justicia de Mendoza hizo lugar al recurso extraordinario provincial interpuesto por la defensora de Hanna, revocó la sentencia de la Cámara de Apelaciones que había confirmado la de primera instancia y, en su lugar, rechazó la demanda de desalojo. Se impusieron costas y se regularon honorarios (montos consignados en fallo).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de los párrafos más relevantes (texto original del tribunal):
"Dado lo expuesto, entiendo que debe rechazarse el proceso de desalojo interpuesto, sin perjuicio de los derechos que puedan corresponder a las partes, los cuales deberán ser discutidos con un amplio debate de la situación fáctica y jurídica de las mismas, en donde necesariamente debe considerarse no sólo la situación de vulnerabilidad de la Srta. Hanna, por su discapacidad, sino también la situación familiar en la cual se encontraba emplazada de hecho y las consecuencias jurídicas que tal situación pudiera acarrear para las partes involucradas."
"La prueba rendida demuestra que la demandada tenía posesión del estado de hija de los titulares registrales, situación que no sólo no puede ignorarse, sino que, por el contrario, es el punto obligado del cual debe partirse si pretendemos dar al caso una solución justa y adecuada a la particular plataforma fáctica de autos."
"Por ello, resultan arbitrarias las sentencias dictadas en autos, las cuales han tratado a la demandada como una mera tenedora precaria o servidora de la posesión, haciendo caso omiso a la situación fáctica particular que se advierte manifiesta en los presentes obrados, que no ha sido discutida por el actor y que, obviamente, escapa al marco de un proceso de desalojo típico, no pudiendo éste abarcar, siquiera por asomo, la complejísima problemática y conflictiva familiar y sucesoria que se advierte en autos."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución contó con los votos concurrentes de los Dres. Omar A. Palermo (voto que abre y contiene el fundamento extenso) y José V. Valerio (adhesión). No consta voto en disidencia (el Dr. Garay Cueli estaba con licencia).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.