FOTZSCH CLAUDIA EN J 32332 FOTZSCH CLAUDIA C/ CAMPAL SA. P/ DESPIDO (LEY 9423) P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL
La actora promovió recurso extraordinario provincial contra la sentencia que rechazó su demanda por despido y diferencias salariales. La Suprema Corte provincial rechazó el recurso por improcedencia y mera discrepancia valorativa con la prueba valorada en grado, y confirmó la imposición de costas a la recurrente.
¿Quién es el actor?
Claudia Fotzsch.
¿A quién se demanda?
Campal SA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación por despido (Ley 9423) por suma de $129.542.969,00 en concepto de capital e intereses; se discute la existencia de relación de dependencia pese a la calidad societaria de la actora (Directora titular y Presidenta del Directorio).
¿Qué se resolvió?
Rechazó el recurso extraordinario provincial interpuesto por la actora; impuso las costas a la recurrente; reguló honorarios de los profesionales intervinientes; ordenó adicionarse IVA, si corresponde.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de los párrafos más relevantes (texto original del tribunal):
"La Sentencia del a quo –agregada a fs. 58 y sgtes.– rechazó en todas sus partes la demanda interpuesta por Claudia Fotzsch contra Campal SA, por la suma de $ 129.542.969,00 en concepto de capital e intereses; con costas a la actora.
Para así decidir sostuvo, en lo que aquí es motivo de agravio:
1. No resultó motivo de controversia la calidad de Director titular y Presidente del Directorio de la firma Campal SA, de la Sra. Claudia Fotzsch, lo que deviene claramente incompatible con la del trabajador en relación de dependencia.
...
10. Ante la inexistencia de la nota de subordinación, que caracteriza a una relación de tipo dependiente, corresponde el rechazo de la demanda."
"La recurrente dirige su embate en contra del análisis del material probatorio efectuado por el tribunal de grado y entiende que la sentencia ha incurrido en incongruencias y dogmatismos que resultan lesivos de los derechos de la agraviada.
...
Ello resulta patente de la lectura del recurso, donde recién se invoca, por ejemplo, que la actora iba a comprar la nafta para la cortadora de pasto, además de otras tareas ajenas a su cargo de directora de la sociedad, de forma generalizada, sin mencionar específicamente cuáles serían tales tareas; cuestiones éstas que no fueron alegadas ni en la demanda ni tampoco al responder el traslado del art. 47 del Código Procesal Laboral."
"La tacha de arbitrariedad exige demostrar vicios graves del pronunciamiento, razonamientos groseramente ilógicos o contradictorios, apartamiento palmario de las circunstancias del proceso, omisión de prueba decisiva o carencia absoluta de fundamentación ... La sola circunstancia de que la recurrente ofrezca una interpretación distinta y más favorable a su parte no basta para configurar el vicio excepcional que habilita esta instancia..."
¿Cómo votaron los jueces?
Unanimidad de los Ministros José V. Valerio, María Teresa Day y Julio Ramón Gómez; todos adhieren al rechazo.
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Fallos que cita
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