JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ALIMENTOS: B., S. Y. c/ S., O. C

La actora promovió demanda de alimentos a favor de su hija menor y las partes arribaron a un acuerdo en audiencia para fijar la cuota. El Juzgado homologó el convenio, fijó la cuota alimentaria definitiva en el 15% de los haberes del progenitor empleado del Servicio Penitenciario, aprobó reparto de gastos extraordinarios y ordenó retención por parte del empleador.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal de Familia-Sala III-Vocalía 7 (JUJUY)
Fuero
Tribunal de Familia-Sala III-Vocalía 7
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
D-56100/2025
Audiencia preliminar Alimentos Homologacion de convenio Honorarios regulados Retencion salarial Tutela alimentaria. Costas a cargo del demandado Gastos extraordinarios 50% Cuota alimentaria 15% Servicio penitenciario de jujuy

¿Quién es el actor?

S. Y. B., en representación de su hija menor D. N. S. B.

¿A quién se demanda?

O. C. S., progenitor y empleado dependiente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Jujuy.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pretensión de fijación de cuota alimentaria para la hija menor.

¿Qué se resolvió?

Homologación del acuerdo entre las partes; cuota alimentaria definitiva fijada en el QUINCE por ciento (15%) de los haberes del demandado (previas deducciones de ley) más asignaciones familiares y SAC; gastos extraordinarios a cargo del 50% por progenitor; oficio al empleador para retener y depositar en cuenta judicial; costas a cargo del demandado; regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“...celebrada audiencia preliminar entre los progenitores de la protagonista de autos, éstos convienen voluntariamente una cuota alimentaria mensual definitiva a favor de su hija D. N. S. B. (D.N.I Nº ...), en los siguientes términos '…el demandado SR. S., O. C. pasara para su hija menor de edad D. N. S. B. DNI ... el quince por ciento (15%) de los haberes que percibe, por todo concepto, previas deducciones de Ley, más asignaciones familiares y SAC, como empleado dependiente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Jujuy. Los gastos extraordinarios serán soportados en un 50% por cada una de las partes….' (SIC).”

“...este Ministerio estima que puede V.S. homologar dicho acuerdo en los términos del art 1641 CCyCN y art 316, 317 CPC…” (dictamen favorable del Defensor).

“En consecuencia, siendo la autocomposición de los conflictos un principio rector dentro del proceso de familia (art. 706 del Código Civil y Comercial de la Nación), y habiendo las partes arribado a un acuerdo adulto y pacífico... corresponde homologar lo acordado entre los progenitores de la niña D. N. S. B. (DNI Nº ...).”

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el texto provisto; la parte resolutiva es unificada y firma la Jueza del Tribunal de Familia.

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