C-272989/2025
La actora promovió demanda de alimentos a favor del niño T. A. I. solicitando el 30% de los haberes del progenitor. El Juzgado de Familia hizo lugar a la demanda y fijó una cuota alimentaria definitiva del 20% de los haberes del padre, con retención por el empleador y depósito mensual en cuenta judicial, además de imponer costas al alimentante.
¿Quién es el actor?
Sra. C. A. T., representada por la Dra. Yesica Paola Salguero.
¿A quién se demanda?
Sr. C. J. M. I., representado por la Dra. Vanesa Alejandra Bravo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda de alimentos a favor del menor T. A. I. (nac. 06/10/2014), solicitando una cuota alimentaria definitiva equivalente al 30% de los haberes del progenitor y cobertura de gastos escolares y extracurriculares.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se fijó cuota alimentaria definitiva a favor del menor por el veinte por ciento (20%) de los haberes del progenitor, con inclusión del SAC, asignación familiar y demás beneficios; retención por el empleador y depósito en cuenta judicial del 1° al 10 de cada mes; gastos extraordinarios necesarios a cargo de cada progenitor en un 50%; costas impuestas al alimentante; regulación de honorarios diferida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Cabe recordar que los jueces no estamos obligados a abordar el tratamiento de todas y cada una de las argumentaciones de las partes, sino tan solo de aquéllas que sean conducentes y posean relevancia para decidir el caso, y que basten para dar sustento a un pronunciamiento válido" (conf. CSJN...).
"Los arts. 646 y 658, C.C.C.N., imponen, como derivación de la responsabilidad parental, el deber alimentario a los padres, correspondiendo a éstos realizar todos los esfuerzos que resulten necesarios en procura de hacer frente a la manutención de sus hijos, conforme a su condición y fortuna."
"En virtud de ello, y compartiendo con lo dictaminado por el Ministerio Pupilar, diré que se encuentran contemplados los presupuestos para llevar adelante la presente acción por lo que resulta ajustado a derecho hacer lugar la demanda interpuesta por la Sra. C. A. T. DNI N° …"
"Respecto de gastos extraordinarios necesarios diremos que a los fines de proteger y garantizar el derecho alimentario del niño, C. J. M. I., DNI Nº …, se fijara a cargo de cada progenitor el cincuenta por ciento (50%), entendidos éstos como aquellos que son imprescindibles para la vida del adolescente, y que no pueden eludirse."
Parte resolutiva final (texto reproducido):
"I. Hacer lugar a la demanda por alimentos instaurada y fijar en concepto de cuota alimentaria definitiva a favor del niño T. A. I., DNI N°…, el veinte por ciento (20%), de los haberes que percibe el progenitor Sr. C. J. M. I. DNI Nº …, como empleado de la Empresa comercial CASTILLO S.A.C.I.F.I.A , previas deducciones de ley, con más el SAC, asignación familiar y cualquier beneficio que le pudieren corresponder. Dichas sumas deberán retenerse por la empleadora y depositarse del 1° al 10 de cada mes, en la cuenta judicial abierta en el Banco Macro a la orden de este Tribunal de Familia, Sala II Vocalía VI, y como pertenecientes a los obrados de referencia y de donde serán abonados a la Sra. C. A. T., DNI Nº …, a la sola presentación de su documento de identidad.
II. Fijar a cargo de cada progenitor el cincuenta por ciento (50%) de los Gastos Extraordinarios Necesarios.
III. Librar oficio a la Empresa comercial CASTILLO S.A.C.I.F.I.A, a fin de que tome debida razón de lo dispuesto precedentemente.
IV. Imponer las costas al alimentante y diferir la regulación de honorarios profesionales, hasta que se cuente en autos con elementos para hacerlo.
V. Notifíquese por cédula, regístrese y agréguese copia."
¿Cómo votaron los jueces?
La sentencia está firmada por la Juez del Tribunal de Familia Lewin Nakamura, Teresa; no existe pluralidad de votos ni disidencias registradas.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.