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Cámara de Apelaciones

OFRECIMIENTO DE CUOTA ALIMENTARIA: G., G. E. C/ T., B. C

El progenitor promovió ofrecimiento de cuota alimentaria por el 20-30% del SMVM; se rechazó ese porcentaje y se fijó la cuota definitiva en un Índice de Crianza equivalente a $488.700, con ajuste automático conforme al incremento provincial. El Juzgado fundamentó la decisión en la Ley provincial N° 6448/25, el interés superior de la niña y la obligación parental de cubrir manutención y gastos extraordinarios por mitades.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal de Familia-Sala II-Vocalía 6 (JUJUY)
Fuero
Tribunal de Familia-Sala II-Vocalía 6
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-247916/2024
Costas Interes superior del nino Cuota alimentaria Alimentos Gastos extraordinarios Deposito bancario Ajuste automatico Indice de crianza Juzgado de familia Ley 6448/25

¿Quién es el actor?

G. E. G. (representado por Dra. Yamila Paola Choque), promovió ofrecimiento de cuota alimentaria.

¿A quién se demanda?

B. C. T. (representada por Defensora Oficial Dra. Silvia Teresa Maurin).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Aceptación del ofrecimiento de cuota alimentaria (depósito en cuenta judicial) por parte del progenitor; se ofreció inicialmente 20% del SMVM y en audiencia hasta 30% del SMVM.

¿Qué se resolvió?

No hacer lugar al porcentaje ofrecido por el Sr. G. E. G. y fijar la cuota alimentaria definitiva en el equivalente a 1 Índice de Crianza publicado por la D.I.P.E.C. (siendo al día de la fecha $488.700), con ajuste automático; cada progenitor afrontará el 50% de los gastos extraordinarios; si el progenitor inicia relación de dependencia la cuota quedará en 20% de sus haberes con SAC y asignaciones; costas a cargo del alimentante; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En esa línea, respecto de la responsabilidad estatal en el cumplimento de la Convención sobre los Derechos del Niño, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un caso sobre alimentos, instó a los tribunales inferiores a “buscar soluciones que se avengan con la urgencia que conlleva este tipo de pretensiones, para lo cual deben encauzar los trámites por vías expeditivas y evitar que el rigor de las formas pueda conducir a la frustración de los derechos que hoy cuentan con particular tutela constitucional” (CSJ, 6/2/2001, “G., C. I. y otros v. K., E. Y otro”, LL 2001-C-568)."

"En virtud de lo expuesto, compartiendo con lo dictaminado por el Ministerio Pupilar, meritadas todas esas circunstancias, ponderación a la que no son ajenas la prudencia y la objetividad, resulta ajustado a derecho rechazar el porcentaje ofrecido en concepto de cuota alimentaria por el Sr. G. E. G. DNI Nº... Sin embargo y teniendo en cuenta la tutela judicial efectiva y el interés superior de la niña, considero que su derecho alimentario está por encima de las discusiones de sus progenitores, por lo que resulta ajustado a derecho fijar una cuota alimentaria en un porcentaje que guarde justo equilibrio para garantizar su desarrollo integral, teniendo en cuenta para ello la edad, educación y recreación y los ingresos de su progenitor."

"En esa línea, ... la ley Nº 6448/25 la que dispone en su artículo 1º, '... la creación y posterior implementación del Índice de Crianza ... El índice/instrumento establecido deberá ser utilizado por los Juzgados de Familia como base de cálculo en todos aquellos procesos judiciales o de mediación en los cuales se determine el derecho a alimentos y la fijación de la cuota alimentaria...'"

(Bloque dispositivo final transcrito textualmente)

"I.- No hacer lugar al porcentaje ofrecido por el Sr. G. E. G. ... y fijar la cuota alimentaria definitiva para la niña, el equivalente a 1 un Índice de Crianza publicado por la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos (D.I.P.E.C.), al que se le aplicará un ajuste automático conforme al incremento del mismo que aplique el estado provincial. siendo al día de la fecha la suma de pesos CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO SETECIENTOS ($ 488.700)...

II.- Fijar a cargo de cada progenitor el cincuenta por ciento (50%) de los gastos extraordinarios necesarios de la niña A. G. ...

III.- Para el caso de que el Sr. G. E. G., ... inicie trabajo en relación de dependencia, la cuota alimentaria ... quedara establecida en el 20% (veinte por ciento) de los haberes que percibiere, previas deducciones de ley, más el SAC, asignación familiar y cualquier otro beneficio ...

IV.- Imponer las costas al alimentante y diferir la regulación de honorarios profesionales, hasta que se cuente en autos con elementos para hacerlo."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos diversos; la resolución está firmada por la Jueza Lewin Nakamura y el Prosecretario Técnico.

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