JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: HUANCO, Gonzalo Wilfredo c/ EXPERTA ART S.A

El actor promovió demanda laboral por accidente de trabajo reclamando indemnización por secuelas de lumbalgia derivada de esfuerzo el 04/05/2021. La Vocalía Unipersonal del Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda y condenó a EXPERTA ART S.A. al pago único de $14.600.121,31 más intereses, determinando una incapacidad del 11,5%.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 1 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 1
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-188833/2021
Costas Honorarios Prueba pericial Accidente de trabajo Lumbalgia cronica 5% Experta art s.a. Incapacidad 11 31 Goniometria Tribunal del trabajo jujuy. Indemnizacion unica $14.600.121

¿Quién es el actor?

Sr. Gonzalo (Gustavo/Gonzalo aparece variado en el expediente) Wilfredo HUANCO, representado por el Dr. Eduardo Esteban URIONDO.

¿A quién se demanda?

EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (EXPERTA ART S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias e indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 04/05/2021 y secuelas (lumbalgia/lumbociatalgia) con determinación de grado de incapacidad y condena al pago en un solo pago.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se condenó a EXPERTA ART S.A. a pagar la suma de PESOS CATORCE MILLONES SEISCIENTOS MIL CIENTO VEINTIUNO CON 31/100 ($ 14.600.121,31) por indemnización e intereses, en un solo pago. Se regularon honorarios de letrados y perito conforme monto indicado en la parte resolutiva. Costas a la demandada vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En oportunidad de la audiencia de vista de causa, se presentó el Sr. JUAN CARLOS CAÑIZARES, quien dijo que: “conoció a HUANCO en el trabajo; que estuvo presente en el accidente que sufrió el actor; que al momento que estaban armando una masa diferencia de una maquina grande, este tenía un aparejo mal atado con los dientes, entonces pusieron una barrera en el medio y la agarraron de un lado y del otro, con un compañero que ya falleció, iban caminando y después de un rato la soltó y se fue adentro; que lo fue a ver y que se encontraba sentado; que luego fue avisarle al guardia de que su compañero tuvo un accidente y después lo llevaron al hospital, de ahí no sabe que más pasó”."

"El perito médico designado en autos informa que: “De acuerdo a los antecedentes y la documentación médica aportada en autos el actor sufre lumbociatalgia crónica con limitaciones funcionales en columna dorsolumbar. Desde que ingresó a la empresa y hasta el día del gran esfuerzo brusco el actor trabajaba con su salud práctica que le permitía realizar normalmente sus tareas. Los sobresfuerzos en posiciones antiergonómicas pueden producir la patología lumbar que presenta el actor. Seguirá con ciatalgias con periodos de pocos asintomáticos y periodos dolorosos que requerirán licencia laboral. No podrá realizar tareas pesadas. Lumbociatalgia por esfuerzo brusco por accidente de trabajo”. Concluye determinando una incapacidad permanente y definitiva del 17.00 % (diecisiete por ciento)."

"Por su parte el Dr. GUZMAN, informa que: “Al realizar la goniometría el actor refiere que nunca le hicieron el examen físico ni usaron el goniómetro en la pericia médica realizada anteriormente”; “…se puede afirmar que la patología denunciada de columna vertebral está relacionada al tipo de trabajo que realizaba el actor, es decir realización de malas posturas o posiciones viciosas prolongadas, movimientos bruscos de gran intensidad (como en el presente caso según relata el actor), sobrecargas, etc.; Rectifico el diagnóstico de lumbociatalgia crónica por “Lumbalgia Crónica”. Por semiología y goniometría, le corresponde una incapacidad parcial y permanente del 10% a nivel de columna lumbosacra…”."

"Teniendo en consideración que el Dr. CAUSARANO no le efectuó al Sr. HUANCO el mencionado examen, desconociendo el método que utilizó el perito médico para llegar a las conclusiones vertidas en su dictamen; entiendo que el informe efectuado por el integrante del departamento del poder judicial se encuentra debidamente fundamentado tanto técnica como científicamente; por ello, me voy a apartar del diagnóstico y capacidad determinada por el galeno antes mencionado y voy a tener en cuenta la patología de lumbalgia crónica y el grado de incapacidad del 10% determinado por el Dr. GUZMAN."

"Consecuentemente, el monto indemnizatorio que debe percibir el Sr. Gonzalo Wilfredo HUANCO por su incapacidad derivada por accidente de trabajo, asciende a la fecha de la presente en concepto de capital e intereses a la suma de Pesos Catorce Millones Seiscientos Mil Ciento Veintiuno Con 31/100 ($ 14.600.121,31) el que deberá ser abonado en un solo pago ... el importe determinado en la presente de no ser efectivizado por la demandada dentro de los cinco (5) días de dictada la sentencia, generará el interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina ..."

¿Cómo votaron los jueces?

resolución dictada por la Vocalía Unipersonal Nº 1 (Dra. María Silvina Arrieta). No se registran votos en disidencia.

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