ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: RODRIGUEZ, JUAN OSCAR c/ EXPERTA ART S.A
El actor promovió demanda por enfermedad profesional y prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo contra Experta ART S.A. La Sala I, Vocalía N°3, hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora a pagar $33.521.844,08 por incapacidad permanente parcial del 42,85%, con costas y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Sr. Juan Oscar Rodríguez, DNI Nº 18.045.239 (hoy su sucesión representada por Sra. Marta Yolanda Vilte).
¿A quién se demanda?
Experta ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias por enfermedad profesional en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo (art. 14 ap. 2 a) Ley 24.557) —se imputan intoxicación por plomo, hipoacusia inducida por ruido y lesiones con secuelas en columna vertebral y miembros inferiores— y se solicita declaración de inconstitucionalidad de determinados artículos de la LRT y sus decretos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Experta ART S.A. a abonar Pesos Treinta y Tres Millones Quinientos Veintiún Mil Ochocientos Cuarenta y Cuatro con 08/100 ($33.521.844,08) por incapacidad permanente, parcial y definitiva del 42,85%; costas a la demandada; y regulación de honorarios y honorarios periciales según detalle. Fecha de la primera manifestación invalidante considerada: 15/3/2019. Fallecimiento del actor: 26/8/2020.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La actora solicita la inconstitucionalidad de los arts. 21 y 22 de la LRT. No caben dudas que, la interpretación y aplicación de las disposiciones relativas a la calificación de la naturaleza laboral del accidente o enfermedad de que se trate, la medida de las prestaciones en especie y la determinación de una enfermedad como profesional, constituye una típica actividad jurisdiccional, inherente al Poder Judicial del Estado, por lo que no puede el Congreso, atribuir dicha facultad al Poder Ejecutivo a través de las Comisiones Médicas, con lo que la validez constitucional de dichos dispositivos se evidencia afectada. A iguales conclusiones arribamos en relación al art. 46 de la LRT, ya que claramente afecta los principios del juez natural y el acceso a la justicia, lo que merece serios reproches en relación a su constitucionalidad. Consecuentemente tales dispositivos legales no resultan de aplicación en la presente causa."
"Del informe pericial técnico surge que el actor estuvo expuesto, entre otros agentes de riesgos, a vibraciones de cuerpo entero, posiciones forzadas y gestos repetitivos en el trabajo (extremidad superior) y a ruido, causantes de las patologías invalidantes que padecía. En síntesis, considero acreditado que el actor presentaba limitación funcional de columna vertebral lumbar, lumbociatalgia, hernia lumbar, limitación funcional de columna cervical, hernia cervical, cervicobraquialgia, hipoacusia inducida por ruido, como consecuencia de las tareas realizadas a las órdenes de Compañía Minera Aguilar S.A.; por ello, voy a propiciar se condene a Experta ART S.A. en su calidad de aseguradora, a abonar al Sr. Juan Oscar Rodríguez (hoy su sucesión) las prestaciones dinerarias previstas en el art. 14 ap. 2 a) de la ley 24.557, con más la prestación adicional del art. 3 de la ley 26.773, por incapacidad permanente, parcial y definitiva del 42,85% de la t.o.."
"De acuerdo a ello y considerando la planilla elaborada por la Contadora de esta Sala, CPN Luciana Alberto, la que forma parte del presente fallo... el monto de condena asciende a la suma de Pesos Treinta y Tres Millones Quinientos Veintiún Mil Ochocientos Cuarenta y Cuatro con 08/100 ($33.521.844,08), importe que de no ser efectivizado por la demandada dentro de los cinco (5) días de dictada la sentencia, generará el interés equivalente a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina hasta la efectiva cancelación."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra voto en disidencia en el bloque dispositivo final; la resolución final aparece como acuerdo de la Sala.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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