DESPIDO: MEJIA, JUAN JUSTINIANO C/ RUEDA, OSCAR RENE y otros
El actor promovió demanda por despido contra Oscar René Rueda y otros y se resolvió la regulación de honorarios por las tareas en la etapa de ejecución de la sentencia. El Tribunal del Trabajo reguló los honorarios del Dr. Álvaro Fabián Martínez Mohr en $177.859 más IVA, aplicando la ley arancelaria (art. 34) y determinando intereses por mora según la tasa activa del Banco Nación.
¿Quién es el actor?
MEJÍA, JUAN JUSTINIANO.
¿A quién se demanda?
RUEDA, OSCAR RENÉ y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción por despido; el presente expediente corresponde a la regulación de honorarios por la labor profesional en la etapa de ejecución de sentencia.
¿Qué se resolvió?
Se regularon los honorarios del Dr. Álvaro Fabián Martínez Mohr en la suma de pesos ciento setenta y siete mil ochocientos cincuenta y nueve ($177.859), más IVA si correspondiere; en caso de mora se liquidarán intereses a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina. Notificar por cédula y protocolizar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El profesional realizó los actos procesales tendientes al efectivo cobro del capital, hasta obtener el pago de fondos según consta en autos.
Así, corresponde regular sus honorarios conforme a la ley 6368 (arts. 01, 15, 16, 17, 20, 23, 24, 26, 31, 34 y ccs.) en la suma de pesos ciento setenta y siete mil ochocientos cincuenta y nueve ($177.859), más el impuesto al valor agregado (IVA) si correspondiere. La regulación responde al mínimo previsto en el art. 34 de la ley arancelaria (5 UMA), ajustado a las etapas de ejecución efectivamente cumplidas por el letrado.
En caso de mora en el pago de la suma indicada se liquidarán intereses con la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina."
Resolución final (parte resolutiva literal):
"I.- Regular los honorarios del Dr. Álvaro Fabián Martínez Mohr en la suma de suma de pesos ciento setenta y siete mil ochocientos cincuenta y nueve ($177.859), más IVA si correspondiere.
II.- Notificar por cédula, protocolizar, etc."
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