RIESGO DE TRABAJO: ARES, ANTONIA JOSEFINA C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S. A
La actora reclamó prestaciones dinerarias por riesgos del trabajo por secuelas incapacitantes. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 para el caso y condenó a la ART a abonar $118.631.060,99, con costas y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Sra. Antonia Josefina Ares (representada por Dr. Carlos Ariel Meyer).
¿A quién se demanda?
GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de prestaciones dinerarias previstas por la Ley 24.557 por incapacidad derivada de accidentes/enfermedades vinculadas al trabajo; se solicitó además la declaración de inconstitucionalidad de normas del procedimiento de la LRT y el carácter vinculante de los dictámenes de las Comisiones Médicas.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la inconstitucionalidad, para el caso, de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y normas reglamentarias en materia de competencia; se hizo lugar a la demanda y se condenó a GALENO ART a pagar a la actora la suma de PESOS CIENTO DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL SESENTA con 99/100 ($118.631.060,99). Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios de abogados y peritos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La doctrina de este precedente constituye un todo armónico que conlleva la descalificación constitucional de los arts. 21, 22, 46, inc. 1, y de las normas pertinentes del dec. 717/96 y demás normas reglamentarias y complementarias."
"Por lo expuesto cabe declarar la inconstitucionalidad del art. 1º de la LRT... En virtud de lo expuesto, se declara la inconstitucionalidad de los arts. 21 y 22 LRT, que menoscaban el derecho del trabajador de recurrir a los Tribunales locales..."
"Se desprende del informe pericial, que el perito médico realizó un análisis razonado... determinando una incapacidad laboral, parcial y permanente de la trabajadora."
"Siendo que se ha comprobado que la Sra. Ares, presenta una incapacidad laboral, parcial, permanente y definitiva del 50,94% corresponde hacer lugar a la demanda y condenar a la demandada a pagar a la actora las prestaciones dinerarias previstas por el art. 14, apartado 2. inciso b) de la LRT... Según planilla de liquidación practicada por el Departamento Contable de la Sala, corresponde estimar la condena en la suma de PESOS CIENTO DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL SESENTA con 99/100 cvos.($118.631.060,99)."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en el dispositivo final reproducido.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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