ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: MONTAÑEZ, JOSÉ ALBERTO C/ ESTADO PROVINCIAL (POLICÍA DE LA PROVINCIA DE JUJUY)
El actor demandó al Estado provincial reclamando indemnización y prestaciones por accidente de trabajo ocurrido el 24/03/2019. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales las previsiones que imponen la instancia previa ante Comisiones Médicas y las resoluciones SSN 1039/2019 y 332/2023, y condenó al Estado al pago de las prestaciones dinerarias calculadas conforme a la Ley de Riesgos del Trabajo.
¿Quién es el actor?
Sr. José Alberto Montañez, representado por el Dr. José Luis Martínez.
¿A quién se demanda?
Estado Provincial (Policía de la Provincia de Jujuy).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de indemnización dineraria y prestaciones por accidente de trabajo (Ley 24.557 y normas complementarias), cobertura de gastos médicos y asistenciales, intereses, daño moral, psicológico y pérdida de chance.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y de las Resoluciones SSN Nº 1039/2019 y 332/2023 (entre otras) en los términos del decisorio; se condenó al Estado Provincial a abonar las prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo por el accidente del 24/03/2019; se difirió el cálculo del monto de condena y honorarios hasta contar con la prueba de remuneraciones; costas a la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1.- Declarar para el presente caso la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la ley 24.557, así como de las normas que resulten reglamentarias de éstos dispositivos normativos en cuanto en cuanto se refieran a la previa y obligatoria actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y la competencia recursiva federal; así como también de las Resoluciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación Nº 1039/2019 y 332/2023 y del art. 64 de la Ley 6368; por las razones vertidas en los fundamentos de este decisorio."
"2.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por el Sr. JOSÉ ALBERTO MONTAÑEZ en contra del ESTADO PROVINCIAL, a quien se condena a abonar las prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo en relación con el accidente de trabajo sufrido por el actor el día 24/03/2019, que se calcularán conforme lo dispuesto en los fundamentos."
"La incapacidad se debe estimar según la incidencia del traumatismo y la estimo en un 10% (diez por ciento). Por lo tanto el actor Sr. MONTAÑEZ, José Alberto presenta incapacidad permanente y definitiva del 10.00% (diez por ciento) por secuelas traumáticas del accidente…"
"Entiendo que estas resoluciones administrativas emanadas de la Superintendencia de Seguros de la Nación incurren en un exceso reglamentario... En consecuencia, se considera que las Resoluciones Nº 1039/19 y 332/23 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) incurrieron en un exceso en la reglamentación que resulta inconstitucional... Por ello, declaro la inaplicabilidad de los arts. 1 y 3 de la Resolución SSN 1039/19 (sustituidos por los arts. 1 y 2 de la Resolución SSN N°332/23) por ser inconstitucionales y dispongo que la indemnización del actor se calcule siguiendo los lineamientos del Decreto N°669/19, esto es, de acuerdo a la evolución mensual de RIPTE, que debe calcularse como coeficiente y no en sumatoria acumulativa de porcentajes."
(No hubo votos en disidencia expresados en el texto suministrado.)
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.