DESPIDO: PALACIOS, NICOLAS MANUEL C/ AUTOSOL S.R.L
El actor promovió demanda por despido sin justa causa reclamando indemnizaciones y entrega de certificación de servicios. La Vocalía N°7 del Tribunal del Trabajo hizo lugar parcialmente, declaró desproporcionado el despido por justa causa y condenó a la empleadora al pago de $36.900.055,22 y a entregar la certificación de servicios bajo apercibimiento.
¿Quién es el actor?
Sr. Nicolás Manuel Palacios.
¿A quién se demanda?
AUTOSOL S.R.L. (concesionario automotor).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamó por despido sin justa causa y la liquidación de rubros indemnizatorios y no indemnizatorios (indemnización por antigüedad, preaviso, integración del mes, vacaciones no gozadas, SAC, multa art. 80 LCT, entre otros) y la entrega de la certificación de servicios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se condenó a AUTOSOL S.R.L. al pago de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS MIL CINCUENTA Y CINCO con 22/100 ($36.900.055,22), se ordenó la entrega de la certificación de servicios en 30 días bajo apercibimiento de multa de $1.000 por día, se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios profesionales y periciales por los montos expresados en la parte resolutiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La discusión acalorada entre el actor y la Srta. Daza, quién efectuó una presentación que originó el sumario, si bien se encuentra acreditada en la causa, no justifica la aplicación de la máxima sanción disciplinaria prevista por la LCT para un trabajador, como lo es la extinción de su contrato de trabajo. ... Surge palmario que la decisión de romper el vínculo contractual por parte de la demandada ha sido desproporcionada. En todo caso, la accionada podría haber adoptado una sanción disciplinaria ejemplificadora, sin recurrir a la extinción del contrato de trabajo, que es la máxima sanción disciplinaria."
"Prospera la indemnización por antigüedad, calculada por la perito en la suma de $319.223,28, más la indemnización por falta de preaviso que asciende a la suma de $106.407,76, más el SAC sobre preaviso $4.433,66. También prosperan las vacaciones no gozadas, que ascienden a la suma de $44.691.26 más el SAC de $3.722.78. ... La planilla de liquidación practicada por la perito asciende en total a la suma de $ 740.877,79. Prospera la multa del art. 80 de la LCT..."
"Voy a propiciar que el crédito del trabajador, que asciende a la suma de $525.237,70 se actualice con el índice de precios al consumidor con más una tasa de interés anual del 3 %, por lo que a la fecha de esta sentencia, la indemnización del actor asciende a la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS MIL CINCUENTA Y CINCO con 22/100 cvo. ($36.900.055,22), que constituye el monto de condena, a la fecha de esta sentencia."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan disidencias en la parte resolutiva; el dispositivo final integra la decisión mayoritaria.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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