ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: GUTIERREZ, DAVID MANUEL C/ SWISS MEDICAL ART S.A
El actor promovió acción por prestaciones dinerarias derivados de accidente de trabajo y solicitó la declaración de inconstitucionalidad del procedimiento ante Comisiones Médicas. La Vocalía Unipersonal Nº 7 del Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y condenó a SWISS MEDICAL ART S.A. a pagar $8.167.645,68 por una incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva del 7,406%.
¿Quién es el actor?
David Emanuel Gutierrez, representado por el Dr. Enzo Magliano.
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ART S.A., representada por el Dr. Alfonso A. Zamar.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pretensiones dinerarias y en especie previstas en el régimen de riesgos del trabajo por accidente ocurrido el 09/05/2022, solicitud de declaración de inconstitucionalidad de las normas que establecen competencia de las Comisiones Médicas y el carácter vinculante de sus dictámenes.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la inconstitucionalidad para el caso de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (y normas reglamentarias en materia de competencia), se hizo lugar a la demanda, se condenó a la ART a pagar al actor $8.167.645,68, se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios y periciales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Conforme como quedo trabada la litis, corresponder establecer los hechos controvertidos de la causa:1) La inconstitucionalidad de los arts. 1, 8, 21, 22, 39 inciso 1, 46 de la LRT;2)Las excepciones de falta de legitimación pasiva y falta de acción;3)Determinar si el accidente de trabajo sufrido por el actor, le ocasionó secuelas incapacitantes.4)Determinar porcentaje de incapacidad e indemnización a percibir."
"Si bien, la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso 'Castillo' se limitó a declarar la inconstitucionalidad del art. 46, inc. 1 de la ley 24.557, los fundamentos allí expuestos por nuestro más Alto Tribunal, constituyen pautas orientadoras para dilucidar la constitucionalidad de los arts. 21 y 22 de la ley citada. La doctrina de este precedente constituye un todo armónico que conlleva la descalificación constitucional de los arts. 21, 22, 46, inc. 1, y de las normas pertinentes del dec. 717/96 y demás normas reglamentarias y complementarias. ... Por lo expresado cabe declarar la inconstitucionalidad del art. 1º de la LRT."
"En virtud de lo expuesto, se declara la inconstitucionalidad de los arts. 21 y 22 LRT, que menoscaban el derecho del trabajador de recurrir a los Tribunales locales en pos de salvaguardar sus derechos a la luz de los reclamos por accidentes de trabajo."
"Se desprende del informe pericial que el perito médico realizó un análisis razonado, explicó las circunstancias fácticas y científicas que lo llevaron a establecer la incapacidad atribuida ... Acreditada la incapacidad del Sr. Gutierrez, sobre la base de lo dictaminado por el especialista la causalidad se presume. El perito vinculó las dolencias que afectan al actor con el accidente sufrido por el Sr. Gutierrez."
"En virtud de lo expuesto, siendo que se ha comprobado que el Sr. Gutierrez, presenta una incapacidad laboral, parcial, permanente y definitiva del 7,406% de la t.o., corresponde hacer lugar a la demanda y condenar a la demandada a pagar al actor las prestaciones dinerarias previstas por el art. 14, apartado 2. inciso a) de la LRT (Ley 24.557 y sus modificatorias), más la compensación adicional del art. 3° de la ley 26.773, ... corresponde estimar la condena en la suma de PESOS OCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO con 68/100 cvos.($ 8167.645.68)."
(Se consignan también los párrafos que regulan costas y honorarios y la aplicación de intereses según las normas indicadas.)
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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