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Cámara de Apelaciones

REGULACIÓN DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES: ALBA, CARLOS EDMUNDO C/ ASOCIART ART S.A

Se planteó una aclaratoria contra la resolución de fecha 25 de marzo de 2025 en el expediente sobre regulación de honorarios extrajudiciales entre Alba, Carlos Edmundo y Asociart ART S.A. El Tribunal del Trabajo rechazó la aclaratoria por considerar que la resolución impugnada no ha incurrido en error alguno y que sus términos son suficientemente claros y precisos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-232713/2023
Aclaratoria Regulacion de honorarios extrajudiciales Incidente Rechazo Tribunal del trabajo Asociart art s.a. Alba C-232713/23 Carlos edmundo Escrito n? 1694070 25 de marzo de 2025

¿Quién es el actor?

Dr. Alfonso Zamar (interponiendo la aclaratoria) en el marco del expediente caratulado "ALBA, CARLOS EDMUNDO C/ ASOCIART ART S.A." (Expte. Nº C-232713/23).

¿A quién se demanda?

No corresponde una demanda nueva; la aclaratoria se dirige contra la resolución del Tribunal del Trabajo dictada el 25 de marzo de 2025 en el referido expediente.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicitó aclaración/rectificación de la resolución de fecha 25 de marzo de 2025 (aclaratoria interpuesta mediante escrito Nº 1694070).

¿Qué se resolvió?

Rechazar la aclaratoria interpuesta (I.– Rechazar la aclaratoria planteada mediante escrito Nº 1694070 por el Dr. Alfonso Zamar). Además ordena "Hacer saber, protocolizar etc."

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes de la sentencia (texto original):

"En la resolución del 25 de marzo del 2025 no se ha incurrido en error alguno y sus términos son suficientemente claros y precisos. Por lo tanto, no existe omisión que suplir, concepto oscuro que aclarar, ni error que enmendar por esta vía, lo que indica que corresponde rechazar la aclaratoria deducida."

"Por todo ello, el Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, RESUELVE: I.– Rechazar la aclaratoria planteada mediante escrito Nº 1694070 por el Dr. Alfonso Zamar. II.- Hacer saber, protocolizar etc."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el texto aportado.

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