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Cámara de Apelaciones

RIOS, MAURICIA VANINA C/ AGUIRRE, RAUL ESTEBAN MARCELO y otro

La actora Mauricia Vanina Ríos promovió demanda laboral contra Raúl Esteban Marcelo Aguirre y Myrna Susana Paz y las partes arribaron a un convenio de transacción. La Vocalía Unipersonal homologó el convenio de fecha 1/4/2025 y reguló honorarios profesionales en $400.000 con más IVA si correspondiere.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 2 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 2
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-160262/2020
Honorarios Regulacion de honorarios Convenio Transaccion Homologacion Demanda laboral Liquidacion de tasas Lct art.15 San salvador de jujuy Sala i tribunal del trabajo

¿Quién es el actor?

Mauricia Vanina Ríos (actora).

¿A quién se demanda?

Raúl Esteban Marcelo Aguirre y Myrna Susana Paz.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Litigio laboral cuya cuestión de fondo fue resuelta mediante convenio transaccional (homologación de convenio).

¿Qué se resolvió?

Se homologó íntegramente el convenio celebrado el 1 de abril de 2025 entre las partes; se regularon honorarios profesionales en la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000) más IVA si correspondiere; y se ordenó liquidar por Secretaría Tasa de Justicia y contribución de C.A.P.S.A.P., agregando copia en autos, hacer saber y registrar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en fecha veintiuno de marzo de dos mil veinticinco, en oportunidad de la audiencia de vista de causa fijada en autos, los DRES. Mario Rodolfo Gualampe, Francisco Barrau y Enrique René Rivas en representación de la parte actora y demandada presentan convenio, por el que ponen fin a las cuestiones planteadas entre ellos."

"Que el precitado acuerdo fue ratificado por la Sra. Mauricia Vanina Ríos DNI N.º 38.974.149 por videollamada de la aplicación de wathsapp en acta de fecha veintiuno de abril de dos mil veinticinco."

"Que de los términos de la transacción se advierte que la misma representa una justa composición de intereses habida cuenta del estado procesal en que se encuentra la causa (art. 15 de la LCT),"

Bloque dispositivo final (texto íntegro transcripto como decisorio):

"I.- Homologar en todas sus partes y en cuanto por derecho hubiere lugar el convenio arribado en fecha primero de abril de dos mil veinticinco, celebrado entre la Sra. Mauricia Vanina Ríos y Raúl Esteban Marcelo Aguirre y Myrna Susana Paz sin perjuicio de terceros.

II.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. Francisco Barrau y Enrique René Rivas en la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000), conforme lo expresado en el considerando; con mas IVA si correspondiere. Liquidar por Secretaría Tasa de Justicia y contribución de C.A.P.S.A.P.-

III.- Agregar copia en autos, hacer saber, registrar."

(No se registra voto en disidencia en el dispositivo; el acto de homologación y la regulación de honorarios constituyen la resolución adoptada por la Vocalía Unipersonal.)

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