DESPIDO: CAMACHO, SERGIO LAUTARO GABRIEL C/ PEREIRA, MAXIMILIANO GABRIEL
El actor promovió demanda por despido y las partes celebraron convenio homologado judicialmente. El Tribunal del Trabajo homologó el acuerdo del 25/4/2025 y regularizó honorarios del letrado por $2.400.000, disponiendo, además, liquidación de tasas y contribuciones.
¿Quién es el actor?
SERGIO LAUTARO GABRIEL CAMACHO (DNI 19.074.266).
¿A quién se demanda?
PEREIRA, MAXIMILIANO (DNI 33.757.877).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo laboral por despido (carátula: DESPIDO).
¿Qué se resolvió?
Se homologó en todas sus partes el convenio suscripto por las partes el 25 de abril de 2025; se regularon los honorarios del Dr. Esteban Velo en $2.400.000; se ordenó liquidar por Secretaría la Tasa de Justicia y contribución de C.A.P.S.A.P.; agregarse copia, hacer saber y registrar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en fecha veinticinco de abril de dos mil veinticinco en oportunidad de la audiencia de vista de causa, previo al inicio de la misma, los DRES. GABRIELA SOLEDAD FERREYRA JENKS y ESTEBAN VELO en representación de la parte actora y demandada respectivamente, arriban a un convenio por el que ponen fin a las cuestiones planteadas en los presentes autos."
"Que el precitado acuerdo fue ratificado por CAMACHO, SERGIO LAUTARO GABRIEL DNI N.º 19.074.266 en el mismo momento."
"Que conforme lo acordado por las partes, solo resta regular los honorarios profesionales del letrado de la parte demandada, Dr. ESTEBAN VELO, por lo que teniendo presente el monto del convenio (12.000.000), la actuación que les cupo y de acuerdo a la Ley 6368 los mismos se fijan en la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS ($2.400.000), suma que se encuentra vigente a la fecha por lo que, al igual que el capital convenido en la cláusula primera, solo en caso de mora llevaran intereses a Tasa Activa conforme doctrina S.T.J en “Zamudio Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro”; con más IVA si correspondiere."
Bloque dispositivo final (resolución textualmente transcrita):
"I.- Homologar en todas sus partes y en cuanto por derecho hubiere lugar el convenio arribado en fecha veinticinco de abril de dos mil veinticinco, celebrado entre el SR. SERGIO LAUTARO GABRIEL CAMACHO, D.N.I. Nº 19.074.266 y el demandado Sr. PEREIRA, MAXIMILIANO DNI Nº 33.757.877, sin perjuicio de terceros, todo de conformidad a lo expresado en el considerando.
II.- Regular los honorarios profesionales del Dr. ESTEBAN VELO en la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS ($2.400.000), conforme lo expresado en el considerando; con mas IVA si correspondiere.
III.- Liquidar por Secretaría Tasa de Justicia y contribución de C.A.P.S.A.P.-
IV.- Agregar copia en autos, hacer saber, registrar."
¿Cómo votaron los jueces?
Sentencia unipersonal dictada por Vocalía Unipersonal N.º 2; no constan disidencias.
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