ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: CONDORI, Vicente Arnaldo c/ ASOCIART ART S.A
El actor promovió demanda por enfermedad profesional contra ASOCIART ART S.A. solicitando indemnización por incapacidad derivada de lumbalgia crónica. La jueza hizo lugar a la demanda y condenó a la ART al pago de $9.335.472,68 por capital e intereses, fundando su decisión en los informes periciales que acreditaron una incapacidad permanente parcial del 18,3%.
¿Quién es el actor?
Sr. Vicente Arnaldo CONDORI, representado por el Dr. Carlos Sebastián ESPADA.
¿A quién se demanda?
ASOCIART ART S.A., representada por el Dr. Alfonso Andrés ZAMAR.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por enfermedad profesional (lumbalgia crónica por discopatía) en los términos de la Ley de Riesgos del Trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a ASOCIART ART S.A. a abonar la suma de Pesos Nueve Millones Trescientos Treinta y Cinco Mil Cuatrocientos Setenta y Dos Con 68/100 ($ 9.335.472,68) en concepto de indemnización por enfermedad profesional e intereses; se regularon honorarios y costas a cargo de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“El galeno informa que: “El señor VICENTE ARNALDO CONDORI, DNI 24.175.227, se desempeña como CHOFER DE COLECTIVO para COOPERATIVA DE TRABAJO PALBUS 2000 LTDA desde año 2014. Actor realiza tareas de chofer de colectivo de corta distancia, en donde debe estar sentado en un asiento de 90° por un lapso de 8 horas continuas, teniendo en cuenta que las unidades que maneja el actor tienen una dirección y pedalera duras, lo que altera el engrama motor de las articulaciones del core y core superior. La postura adoptada por el actor durante las 8 horas diarias genera una carga estática sostenida que provoca lesiones estructurales y funcionales a nivel lumbar. Actor refiere dolor a nivel lumbar. Se adjunta informe RMN columna lumbar con discopatía L4-L5 y L5-S1; Examen del raquis lumbar: a la inspección, no hay curvas laterales. A la palpación, dolor difuso con acentuación a la percusión en las apófisis espinosas y puntos gatillo a nivel lumbar L3, L4 y L5. Al examen físico el actor presenta una lumbalgia crónica con alteración del engrama praxia de columna lumbar, con limitaciones funcionales para la columna dorso lumbar de rotación izquierda 10° y derecha de 10°, inclinación derecha 10° e izquierda de 10°, flexión 70° y extensión de 10°. No presenta alteraciones incapacitantes a nivel psicológico relacionadas a la demanda. El señor VICENTE ARNALDO CONDORI de 48 años presenta lumbalgia crónica con limitación funcional por discopatía, la cual se encuentra enmarcada en LRT 24557, 26773 y sus decretos reglamentarios 658 y 659 de 1996 y 49 del 2014 por su patología antes descripta. Determinación de incapacidad: Según LRT 24557, 26773 y sus decretos reglamentarios 658 y 659 de 1996 y 49 del 2014, presenta un grado de incapacidad para columna dorso lumbar de 16%. SUBTOTAL 16%, más los factores de ponderación: dificultad para realizar tareas habituales intermedia 10% del 16%=1.6%, no amerita recalificación laboral, edad 48 años=0.7%. - Estos valores han sido obtenidos mediante la consulta de LRT 24557, 26773 y sus decretos reglamentarios 658 y 659 de 1996 y 49 del 2014 al respecto y empleando una técnica de evaluación que consiste en considerar los deterioros de la capacidad en tres niveles: morfológico, funcional y clínico. INCAPACIDAD LABORAL PARCIAL PERMANENTE DEFINITIVA DEL 18.3%”.
“Por su parte, el perito técnico señaló que: “Con relación a las tareas desarrolladas por el trabajador, este perito solicitó al empleador prueba documental. Lo único que tiene el empleador son planillas del perfil del puesto. Conductor de Autobuses y Tranvías. El colectivo marca MB – Dominio: OIE-909 presentado por el empleador del actor, de es un rodado que estaba en final de la línea y próximo a reiniciar circuito de servicio. De manera que los resultados del control se detallan a continuación: El estado general del mismo es bueno. Está cuidado, teniendo en cuenta que es del año 2017 y se mantiene bien. De la información obrante en autos, el actor desempeñaba tareas de “CHOFER DE COLECTIVOS”. Las deficiencias ergonómicas del puesto de conducción agravan el estrés físico. Generalmente vibraciones en todo el cuerpo que pueden deteriorar las funciones de los órganos del pecho y abdominales, y del sistema muscular y óseo, contribuir a la fatiga del conductor y reducir su capacidad de vigilancia. Dable destacar a V.S. que la SRT publicó un documento relacionado con las ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA COLUMNA LUMBOSACRA. HERNIA DISCAL Y PATOLOGÍAS POR VIBRACIONES CUERPO ENTERO. Generalmente los conductores afrontan diversos riesgos ergonómicos. Generalmente los más obvios son los trastornos musculoesqueléticos de espalda. Ocho horas de actividad sedentaria en posiciones forzadas. Generalmente molestias lumbares y dolores articulares (en piernas, manos y brazos) debidos a períodos de conducción prolongados, en ocasiones, por carreteras en mal estado y en asientos inadecuados”.”
“A mi entender, ambos dictámenes se encuentran debidamente justificado tanto técnica como científicamente ... voy a tener por cierto que el Sr. Vicente Arnaldo CONDORI por las tareas que realizaba para Cooperativa de Trabajo Palbus 2000 Ltda se encuentra expuesto a agentes de riesgo (movimientos repetitivos, vibraciones de cuerpo entero) los cuales le ocasionaron una lumbalgia crónica con limitación funcional por discopatía, generándole una incapacidad del 18,3%, incluido los factores de ponderación.”
“Consecuentemente, el monto indemnizatorio ... asciende a la fecha de la presente en concepto de capital e intereses a la suma de Pesos Nueve Millones Trescientos Treinta y Cinco Mil Cuatrocientos Setenta y Dos Con 68/100 ($ 9.335.472,68), el que deberá ser abonado en un solo pago...”
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra voto en disidencia en el texto aportado.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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