ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: CARRIZO, ADOLFO RAFAEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A
El actor promovió demanda por enfermedad profesional contra Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. solicitando prestaciones dinerarias por incapacidad. La Vocalía Unipersonal Nº7 hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y condenó a la ART al pago de $34.484.790,31 por incapacidad permanente parcial equivalente al 22,06% de la T.O.
¿Quién es el actor?
Sr. Adolfo Rafael Carrizo, representado por Dres. Carlos Ariel Meyer y Martin Ramón Jenefes (luego reemplazado parcialmente por Dr. Jorge Eduardo Ale).
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de prestaciones dinerarias por enfermedad profesional/incapacidad derivada de tareas desarrolladas en Ledesma S.A.A.I. (embolsado y fraccionado), con secuelas en columna lumbar y audición; se solicita declaración de inconstitucionalidad de normas de la LRT que imponen procedimiento previo ante Comisiones Médicas.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la inconstitucionalidad para el caso de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (y normas reglamentarias conexas); se hizo lugar a la demanda; se condenó a la ART a pagar $34.484.790,31; se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios de letrados y peritos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Sobre la inconstitucionalidad de las comisiones médicas:
"La doctrina de este precedente constituye un todo armónico que conlleva la descalificación constitucional de los arts. 21, 22, 46, inc. 1, y de las normas pertinentes del dec. 717/96 y demás normas reglamentarias y complementarias. No cabe duda que, las normas que regulan el procedimiento ante las comisiones médicas son incompatibles con el principio del debido proceso y con lo dispuesto por el art. 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos -norma de jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22, C.N.)- por la cual 'toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones.'"
"En virtud de lo expuesto, se declara la inconstitucionalidad de los arts. 21 y 22 LRT, que menoscaban el derecho del trabajador de recurrir a los Tribunales locales en pos de salvaguardar sus derechos a la luz de los reclamos por accidentes de trabajo."
2) Sobre la acreditación de la incapacidad y su cuantificación:
"Se desprende del informe pericial médico, que el perito médico realizó un análisis razonado, explicó las circunstancias fácticas y científicas que lo llevaron a establecer la incapacidad atribuida ... Se debe corregir la incapacidad otorgada por el Baremo Decreto 659/96, respecto de los factores de ponderación... Acreditada la incapacidad del Sr. Carrizo, sobre la base de lo dictaminado por el especialista la causalidad se presume."
"En virtud de lo expuesto, siendo que se ha comprobado que el Sr. Carrizo, presenta una incapacidad laboral, parcial, permanente y definitiva del 22,06%, corresponde hacer lugar a la demanda y condenar a la demandada a pagar al actor las prestaciones dinerarias previstas por el art. 14, apartado 2. inciso a) de la LRT ... corresponde estimar la condena en la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA con 31/100 cvos.($34.484.790,31), suma calculada en el día de la fecha..."
3) Sobre prueba de higiene y seguridad y nexo causal:
"El perito en higiene y seguridad describió los factores de riesgo a los que estuvo expuesto el actor, y la mecánica de las tareas realizadas. Con esta pericia, también se ha acreditado el incumplimiento por parte del empleador del deber constitucional de garantizar condiciones dignas de trabajo (art. 14 bis, CN) ... revela un obrar negligente."
¿Cómo votaron los jueces?
decisión tomada por Vocalía Unipersonal Nº7 (Jueza María Cecilia Rodríguez). El bloque dispositivo final es el que resuelve conforme lo transcripto.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.