ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: RUIZ, GUILLERMO GUSTAVO C/ ESTADO PROVINCIAL - POLICIA DE LA PROVINCIA DE JUJUY
El actor promovió incidente de aclaratoria relativo al cálculo de intereses en causa por enfermedad/accidente de trabajo contra el Estado Provincial. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la aclaratoria por error material en la planilla de liquidación y modificó el monto de condena y los honorarios, corrigiendo la tasa pura aplicada al 54% y fijando la condena en $24.233.267,02.
¿Quién es el actor?
Guillermo Gustavo Ruiz (actor originario del expediente por enfermedad/accidente de trabajo).
¿A quién se demanda?
Estado Provincial - Policía de la Provincia de Jujuy.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Sentencia originaria por enfermedad/accidente de trabajo; en este incidente se solicita aclaratoria por error material en la planilla de liquidación (cálculo de tasa de interés).
¿Qué se resolvió?
Se tuvo por presentada la representación del Estado, se hizo lugar a la aclaratoria por error material y se modificaron el monto de condena y los honorarios conforme a la planilla rectificatoria. Condenó al Estado Provincial al pago de $24.233.267,02; fijó honorarios del Dr. Ariel Fernando Contreras en $4.846.653 y del perito José Causarano en $848.164, más IVA si correspondiere.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Con base en lo manifestado por el letrado en el escrito indicado se advierte que le asiste razón, por cuanto se incurrió en un error material en la planilla de liquidación que se acompañó en archivo adjunto a la sentencia de fecha 30 de abril del 2025, al calcular la tasa pura del 6% anual desde agosto de 2016 (73%)."
"En efecto, desde esa data hasta el momento del dictado del fallo que se aclara (30 de abril de 2025) la tasa indicada es del 54%, tal como surge de lo informado por el área contable de este órgano jurisdiccional. Así, corresponde admitir la aclaratoria planteada y modificar el monto de condena, como también los honorarios determinados, según la planilla que se adjunta."
"Entonces, rectificado el error, el importe de condena que debe afrontar el Estado Provincial es la suma de pesos veinticuatro millones doscientos treinta y tres mil doscientos sesenta y siete con dos centavos ($24.233.267,02)."
(Se consignan además los párrafos que fijan los honorarios): "Los honorarios regulados se también se adecuan y establecen en la suma de pesos cuatro millones ochocientos cuarenta y seis mil seiscientos cincuenta y tres ($4.846.653) para el Dr. Ariel Fernando Contreras y en la suma de pesos ochocientos cuarenta y ocho mil ciento sesenta y cuatro ($848.164) para el perito José Causarano."
No constan votos en disidencia.
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