ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: VARGAS, CRISTIAN ANDRÉS C/ EXPERTA A.R.T. S.A
El actor demandó a EXPERTA A.R.T. S.A. por prestaciones dinerarias derivadas de hipoacusia neurosensorial y secuelas por exposición laboral en mina. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad parcial de arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (en lo relativo a la instancia previa ante Comisiones Médicas) y condenó a la A.R.T. al pago de $2.378.735,57 más accesorios.
¿Quién es el actor?
Sr. Cristian Andrés Vargas, por apoderado Dr. Alfonso Andrés Zamar.
¿A quién se demanda?
EXPERTA A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de prestaciones dinerarias previstas en el art. 14 de la Ley 24.557 por incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva por enfermedad profesional (hipoacusia neurosensorial) y la indemnización adicional del 20% prevista en art. 3° Ley 26.773; intereses y prestaciones en especie.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a EXPERTA A.R.T. S.A. a abonar PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO CON 57/100 ($ 2.378.735,57). Se declararon inconstitucionales, en lo que aquí interesa, los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (por la previa y obligatoria actuación ante Comisiones Médicas jurisdiccionales) y el art. 64 de la Ley 6368 en cuanto a intereses. Se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por todo lo expuesto, corresponde declarar en el caso concreto y mientras no se encuentre operativa la adhesión de la Provincia de Jujuy a la Ley 27.348, la inconstitucionalidad de los Arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y las normas que las complementan, en cuanto se refieran a la previa y obligatoria actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y la competencia recursiva federal. Como corolario de lo expuesto, se ratifica la competencia de esta sede para dirimir la controversia que se ventila en la presente causa."
"En definitiva, los informes periciales confirman la existencia de la patología y su razonable vinculación con las tareas que el actor realizaba para la patronal... Así, la conclusión de los peritos se muestra fáctica y científicamente fundada para tener por cierta la profesionalidad de la enfermedad que padece el actor por su desempeño en el trabajo, sin que existan otros elementos que indiquen lo contrario."
"En consecuencia, proceden las prestaciones dinerarias previstas en el art. 14 apartado a) del inc. 2 de la ley 24.557 (con la supresión del tope según el decreto 1.694/09 y la fijación de pisos), a las que se suman los criterios de la ley 26.773... La cuantía es igual a cincuenta y tres veces el valor mensual del ingreso base, multiplicado por el porcentaje de incapacidad (5%)... el monto de condena actualizado al día de la fecha asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO CON 57/100 ($ 2.378.735,57)..."
¿Cómo votaron los jueces?
El decisorio se encuentra en el bloque resolutorio final del tribunal; no se consignan votos en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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