CATACATA, SERGIO EDUARDO c/ SICOM S.A. s/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido y diferencias salariales reclamando liquidación final e indemnizaciones. La Vocalía unipersonal hizo lugar parcialmente, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la Ley 23.928 (y del art. 64 de la Ley 6368 provincial) para el caso y fijó el monto de condena en $59.545.075,76 aplicando actualización por IPC y regulando honorarios.
¿Quién es el actor?
Sr. Sergio Eduardo Catacata.
¿A quién se demanda?
SICOM S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Despido (extinción contractual 30/10/2020), diferencias salariales desde noviembre/2019 hasta el despido, integración del mes de despido, liquidación final e indemnizaciones (arts. 242, 243, 245, 123 y 156 LCT y otros rubros accesorios).
¿Qué se resolvió?
Se declaró parcialmente fundada la demanda en cuanto a los rubros admitidos en la sentencia definitiva del 31/07/2023; se declaró la inconstitucionalidad para el caso concreto de los arts. 7 y 10 de la Ley Nº 23.928 (mod. por Ley 25.561) y del art. 64 de la Ley 6368 provincial; se aplicó el art. 276 LCT (actualización por IPC) para actualizar los créditos por depreciación monetaria; se fijó el monto de condena en $59.545.075,76 y se regularon honorarios (Dres. Lisandro Lascano $11.909.015,15; Marcos Montaldi $8.336.310,60; perita CPN Sonia Ibáñez $208.407,76). Se ordenó pago en cinco días bajo apercibimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La sentencia definitiva dictada en autos estableció los rubros debidos, sin proceder a su cuantificación ni a la determinación de los accesorios correspondientes, cuya definición fue diferida hasta tanto se contara con la liquidación pertinente conforme a los parámetros allí dispuestos."
"En virtud de lo expuesto, los cálculos realizados por la contadora CPN Ibáñez deben ser desestimados por contener errores de cálculo que afectan su validez técnica y jurídica."
"En mérito de lo expuesto se declara la inconstitucionalidad del art. 7 y 10 de la ley 23.928, modificada por la ley 25.561, para este caso concreto, porque vulnera el derecho de propiedad y el de tutela judicial efectiva , resulta contrario a los derechos y garantías del art. 14 bis de la C.N. y al el principio pro homine establecido por la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) que por aplicación del Art. 75 inciso 22 de la Constitución Nacional tiene rango constitucional."
"Consecuentemente, el capital debido al actor se actualiza con el índice de los precios al consumidor , desde la fecha de mora y hasta la fecha de la presente sentencia."
"Por los fundamentos expuestos, se determina el monto de condena por los rubros admitidos en la suma de $ 59.545.075,76, suma que incluyen el capital histórico actualizado con IPC desde que cada rubro fue debido y hasta el dictado de esta sentencia, conforme planilla que forma parte de la presente, y se dispone su pago en el plazo de cinco días bajo apercibimiento de aplicar el art. 770 inc. c del CCyCN en el supuesto de incumplimiento (art. 22 LPT)."
¿Cómo votaron los jueces?
Vocalía unipersonal (Dr/a Farfan, Sonia Mabel). No consta voto en disidencia (decisión unipersonal).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.