ANTEQUERA, JUAN NICOLÁS y AUCAPIÑA, JUAN RAMON c/ IRMI S.A. s/ Despido
Los actores promovieron demanda laboral contra IRMI S.A. reclamando liquidación final, remuneraciones adeudadas, ropa de trabajo, SAC, vacaciones, Fondo de Cese Laboral y prestaciones accesorias. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda en lo peticionado (total o parcialmente según cada actor), declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la Ley 23.928 para el caso y ordenó la liquidación conforme art. 30 Ley 22.250.
¿Quién es el actor?
Dr. Pablo D. Hernández en representación de Juan Nicolás Antequera y Juan Ramón Aucapiña.
¿A quién se demanda?
IRMI S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
liquidación final; remuneraciones (2ª quincena abril 2023, 1ª y 2ª quincena mayo 2023, 9 días de junio 2023 según cada actor); ropa de trabajo 2022/2023; SAC proporcional primer semestre 2023; vacaciones 2022 y proporcionales 2023; Fondo de Cese Laboral (art. 15 Ley 22.250) con actualización (art. 30 Ley 22.250); incrementos por mora/omisión de entrega de constancia de aportes (arts. 17 y 18 Ley 22.250); certificación de servicios y cese laboral (art. 80 LCT); y costas.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la inconstitucionalidad, para el caso, de los arts. 7 y 10 de la Ley 23.928 (mod. por Ley 25.561); se hizo lugar a la demanda y condenó a IRMI S.A. a pagar los rubros detallados en el punto 6 de los fundamentos (con distinciones entre ambos actores); se diferió la determinación del monto para que el perito contable presente nueva planilla (5 días desde que quede firme la sentencia); se impusieron las costas al demandado; se ordenó la inscripción/protocolo y notificaciones pertinentes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Declarar para el presente caso la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la Ley Nº 23.928, -modificado por la Ley 25.561, conforme lo expuesto en los fundamentos."
"Los actores interpusieron reclamo formal ante el Ministerio de Trabajo y Empleo de la provincia, trámite registrado bajo el expediente N° 1201-826-2023... Dicho reclamo cumple con los presupuestos legales exigidos para la procedencia del resarcimiento especial previsto en la norma."
"En virtud del principio de congruencia... solo se analizan aquellos hechos afirmados y probados, relevantes y conducentes para la correcta resolución del caso..."
"Producido el cese de la relación laboral y vencido el plazo para la acreditación de fondo... corresponde condenar a la demandada al pago del fondo de cese laboral... con más la indemnización especial del art. 18 en el equivalente a treinta (30) días de retribución mensual."
"En el marco fáctico-económico acreditado en autos... corresponde declarar la inaplicabilidad —por inconstitucionalidad— de los artículos 7 y 10 de la Ley 23.928... La prohibición contenida en la ley de convertibilidad... ha perdido toda razonabilidad y vigencia material... vulnera el derecho de propiedad (art. 17 CN), y frustra la tutela judicial efectiva..."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos discrepantes; el bloque dispositivo final es el que rige.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 22.250Industria de la construccion
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
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