Enfermedad/Accidente: Blas Ceferino Escalada c/ Galeno A.R.T. S.A
El actor promovió demanda laboral por enfermedad profesional contra GALENO A.R.T. S.A. reclamando prestaciones dinerarias por incapacidad laboral. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró habilitada la vía judicial y reconoció la existencia de secuelas incapacitantes de origen laboral (incapacidad permanente parcial definitiva 31,93%), difiriendo cuantía y regulación de honorarios para liquidación.
¿Quién es el actor?
Blas Ceferino Escalada.
¿A quién se demanda?
GALENO A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de prestaciones dinerarias por enfermedad profesional / incapacidades laborales (columna lumbosacra — lumbociatalgia, espondiloartrosis— e hipoacusia inducida por ruido) en el marco de la ley de riesgos del trabajo (L.R.T.).
¿Qué se resolvió?
Se declaró habilitada la vía judicial y se hizo lugar a la demanda contra GALENO A.R.T. S.A.; se difirió la cuantificación del monto de condena y la regulación de honorarios para su liquidación por el sector contable. Costas a la vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se ha probado que el actor en efecto padece secuelas incapacitantes en columna e hipoacusia inducida por ruido."
"Presumido que el actor ingresó sin secuelas, y que trabajó durante dos décadas expuesto a riesgos idóneos para causar sus incapacidades, cabe admitir la demanda."
"De modo que han quedado acreditados los recaudos para corroborar que estamos en frente a una enfermedad profesional: no hay preexistencias, no es inculpable o hereditaria, y se gestó mientras el actor se encontraba expuesto a factores de riesgos, trabajando para la empresa asegurada."
"Es que cuando el trabajador se encuentra sometido a riesgos, en los términos del Decreto 658/96 y de la Resolución 37/10, la Aseguradora demandada se encontraba obligada a efectuarle al actor exámenes periódicos."
"De manera que tratándose asimismo de una ciencia ajena a mi profesión y no existiendo más elementos probatorios independientes científicos elaborados bajo juramento que la desvaloricen, encuentro probado que las secuelas incapacitantes detectadas, encuadran como contingencias cubiertas por la L.R.T. en los términos del Art. 6 de aquel cuerpo normativo, sin que se hubieran comprobado las exclusiones a las que hace mención el mismo Art. 6 de la L.R.T."
Si hubiere disidencias relevantes: no constan votos en disidencia en el texto aportado; el bloque dispositivo final es el que manda y coincide con el voto del juez que firmó.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.