Enfermedad / Accidente de trabajo: Caucota, Omar Alberto c/ Galeno ART S.A
El actor promovió demanda por prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo por incapacidad derivada de accidente in itinere. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y difirió la liquidación del monto hasta que el actor aporte recibos de haberes y copia de DNI.
¿Quién es el actor?
Omar Alberto Caucota, representado por el Dr. Daniel Dante Coronel Elías.
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de prestaciones dinerarias previstas por la ley de riesgos del trabajo por incapacidad derivada de patologías sufridas por accidente de trabajo in itinere (accidente ocurrido el 25/06/2023 mientras se dirigía al trabajo).
¿Qué se resolvió?
Se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557; se hizo lugar a la demanda; se difirió la determinación del monto de la condena hasta que el actor aporte recibos de haberes (septiembre/2022 a agosto/2023) y copia de DNI; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, siguiendo lineamientos según lo tratado por esta Sala en Expte. Nº B-269702/2012, caratulado: 'Laboral por accidente de trabajo: José Luis Castaño c/ Liberty ART S.A.', se entiende que corresponde expedirse ahora sobre la inconstitucionalidad de las distintas normas de la LRT solicitada por la parte actora.
La cuestión del pedido de inconstitucionalidad del articulado de normas que se refieren a las comisiones médicas, esta ha sido objeto de numerosos pronunciamientos tanto en el orden nacional como local. Siendo así sostengo que tales normas son inconstitucionales por atribuirle a los profesionales médicos incumbencias que no poseen dando al poder administrador funciones jurisdiccionales que no pueden asumir, sustrayendo al trabajador de sus jueces naturales y provinciales en violación a los arts. 31, 75 inc. 12 y 22, 76, 99 y 116 de la CN. Asimismo este Tribunal ha tenido oportunidad de expedirse sobre el tema en innumerables pronunciamientos, argumentando que dichas normas tienen contenido procesal que avasalla el poder no delegado por las provincias al estado nacional (Art. 121, 126 C.N.) pronunciándose por la inconstitucionalidad de las mismas.
Sobre la inconstitucionalidad del pago en renta (Arts. 14 y 15 de la LRT) también se pronunció la CSJN en el caso Milone c/ Asociart ART, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."
"Así, se admite entonces la incapacidad determinada por el galeno por limitaciones funcionales de columna lumbosacra (10%), con exclusión de toda otra patología.
Pero ello no empece al recálculo del porcentaje final a cargo del Tribunal según procedimiento indicado por el Decreto 659/96; así: 10% (dificultad para tareas) + 1.00 % (edad) = 11.00% (se excluye porcentaje por mérito de recalificación laboral en tanto cuestión esta incongruente con la leve dificultad para tareas habituales que ponderara el perito médico), en consecuencia: 10.00%1.11 = 11.10% T.O. porcentaje T.O. que finalmente se determina por incapacidad."
Y el bloque dispositivofinal:
"RESUELVO:
I.- Declarar la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la ley 24557.
II.- Hacer lugar a la demanda incoada por Omar Alberto Caucota en contra de Galeno ART S.A., difiriendo el monto de condena para el momento en que se arrimen pautas para tal cometido.
III.- Intimar a la parte actora para que en el término de diez días acompañe originales de recibos de haberes (o documental que permita determinar los salarios) período septiembre/2022 a agosto/2023 y copia de DNI.
IV.- Imponer la carga de las costas a la demandada y diferir regulación de honorarios de los Dres. Daniel Dante Coronel Elías, Nicolás Daniel Arias Cau y perito médico Dr. Carlos Rafael Gaspar según considerandos.
V.- Notificar a las partes y perito médico, agregar copia en autos, protocolizar."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia en el dispositivo final.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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