ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: IBAÑEZ, CRISTIAN DANIEL C/ ASOCIART A.R.T. S.A
El actor reclamó indemnización por enfermedad profesional e incapacidad laboral derivada de la conducción de transporte público. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de la exigencia de trámite previo ante Comisiones Médicas y condenó a la ART al pago de $11.200.771,61 por prestaciones dinerarias.
¿Quién es el actor?
Sr. Cristian Daniel Ibañez, representado por el Dr. Carlos Sebastián Espada.
¿A quién se demanda?
ASOCIART A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de indemnización por incapacidad laboral por enfermedad profesional (limitación funcional de columna lumbar, lumbociatalgia, espondiloartrosis), con actualización por RIPTE; se pidió además la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas de la Ley 24.557 y complementarias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (en cuanto imponen la actuación previa y obligatoria ante Comisiones Médicas y la competencia recursiva federal) y del art. 64 de la Ley 6368; se condenó a ASOCIART A.R.T. S.A. a pagar PESOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON 61/100 ($ 11.200.771,61) por prestaciones dinerarias; se regularon costas y honorarios según lo consignado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por todo lo expuesto, corresponde declarar en el caso concreto y mientras no se encuentre operativa la adhesión de la Provincia de Jujuy a la Ley 27.348, la inconstitucionalidad de los Arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y las normas que las complementan, en cuanto se refieran a la previa y obligatoria actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y la competencia recursiva federal. Como corolario de lo expuesto, se ratifica la competencia de esta sede para dirimir el diferendo que se ventila en la presente causa."
"En definitiva, los informes periciales confirman la existencia de la patología y su razonable vinculación con las tareas que el actor realizaba para la patronal, lo que no fue esterilizado desde lo científico o lo fáctico por la demandada."
"DICTAMINO que la Incapacidad Laboral del actor Cristian Daniel Ibáñez ... en PERMANENTE PARCIAL DEFINITIVA (ILPPD), equivalente al 13:00% (trece por ciento) de la T.O."
"De acuerdo a ello ... el monto de condena actualizado al día de la fecha asciende a la suma de PESOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON 61/100 ($ 11.200.771,61)..."
(Además, cabe consignar el fundamento sobre valoración pericial): "La sumatoria del examen clínico y estos estudios complementarios permiten respaldar las conclusiones a las que arriba el especialista... En definitiva, los informes periciales confirman la existencia de la patología y su razonable vinculación con las tareas que el actor realizaba para la patronal..."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en el decisorio incorporado.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
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