JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Despido: Villena, Nancy Judith c/ Ramiez, Ester Nélida – Ramirez, Ayelén

La actora promovió demanda por despido y rubros laborales contra Ester Nélida Ramírez y Ayelén Nélida Canavides Ramírez. El Tribunal del Trabajo rechazó la demanda contra Ayelén por falta de intimación y, en cambio hizo lugar parcialmente frente a Ester Ramídez (sic) para que se liquiden días trabajados de diciembre 2019, vacaciones y SAC proporcionales y diferencias salariales por pericia contable.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-157061/2020
Pericia contable Intimacion Diferencias salariales Despido indirecto Sac proporcional Costas a la empleadora Certificacion de servicios (art. 80 lct) Dias trabajados diciembre 2019 Vacaciones proporcionales 2019 Voluntad concurrente de las partes (art. 241 lct) Observaciones breves: la decision distingue legitimacion pasiva entre las codemandadas por falta de intimacion dirigida a ayelen Admite relacion laboral continua respecto de ester y fija periodo 01/01/2018 a 27/12/2019 Ordena pericia contable para liquidar montos reclamados y difiere regulacion de honorarios.

¿Quién es el actor?

Nancy Judith Villena.

¿A quién se demanda?

Ester Nélida Ramirez y Ayelén Nélida Canavides Ramirez.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido e indemnizaciones y demás rubros reclamados en planilla: diferencias de haberes, indemnización por antigüedad, preaviso, SAC sobre preaviso, vacaciones, SAC sobre vacaciones, SAC proporcional, multas (por iniciación de acciones, falta de certificación, falta de registración) y entrega de certificación de servicios; también días trabajados diciembre 2019, vacaciones proporcionales 2019, SAC proporcionales 2019 y diferencias salariales.

¿Qué se resolvió?

I) Se rechazó la demanda interpuesta contra Ayelén Nélida Canavides Ramírez por no haber sido intimada y, por ende, no haberse configurado despido respecto de ella. II) Se hizo lugar a la demanda contra Ester Nélida Ramirez por días trabajados de diciembre 2019, vacaciones proporcionales 2019, SAC proporcionales 2019 y diferencias salariales; los montos serán determinados por perito contador. III) Se impusieron las costas a la codemandada Ester Nélida Ramirez. IV) Se difirió regulación de honorarios de los letrados hasta existir base.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es que la actora solo ha remitido e intimado a la Sra. Ester Ramirez y no a la Sra. Ayelén Ramirez. De allí entonces que es claro que respecto de esta última codemandada no se ha configurado despido alguno pues en tanto no intimada no le alcanzan los efectos del apercibimiento. Por ello cabe excluirse de todo tratamiento ulterior en el análisis respecto del despido (y rubros demandados) respecto de la Sra. Ayelén Ramirez (Ayelén Nélida Canavires Ramirez, nombre correcto) y ello así en tanto se colige el rechazo de la demanda incoada en contra de esta codemandada."

"Así, entendiendo que 'el despido indirecto es el acto jurídico unilateral y recepticio por el cual el trabajador denuncia el contrato de trabajo, fundado en un incumplimiento grave del empleador que imposibilita la prosecución del contrato'... Pero, en el caso, se evidencia clara intención rupturista del vínculo por parte de la actora configurando conducta contraria a las preceptivas de los art. 10 y 63 LCT. En síntesis, la genérica invocación por la actora de injurias configuradas, más la elíptica invocación de silencio, no alcanzan a materializar la justicia del agravio en la causa disruptiva."

"De allí entonces que cabe determinar la relación de trabajo como establecida durante el período 2018/2019, con inicio en 01 de enero de 2018 y extinción en 27 de diciembre de 2019... establecido entonces que ha existido relación laboral según lo considerado supra, y que esta no se ha extinguido por despido indirecto, es que se colige en que ha concluido por la voluntad concurrente de las partes (art. 241, 3º párrafo LCT)."

"Además, atento los demás rubros demandados, toda vez que 'los rubros de pago obligatorio cualquiera sea la causa de extinción son los días trabajados hasta el despido, el SAC proporcional y las vacaciones proporcionales' (Grisolía, Ahuad, El despido, 4ta edición)... es que también habrán de computarse estos rubros (arts. 123 y 156 LCT), esto es, días trabajados de diciembre 2019, vacaciones y SAC proporcionales 2019, que fueron demandados y cuyo cálculo habrá de realizar perito contador a designar..."

"No resulta ahora operable el reclamo de multa art. 80 LCT ello así en tanto actúa en el caso la redacción del art. 80 según DNU 70/2023. Pero lo expuesto no empece a la obligación de la empleadora del cumplimiento de la obligación emergente del art. 80 LCT. De allí entonces en que cabe intimarla a extender certificación de servicios ... en el plazo de sesenta días y en el caso de no hacerlo corresponderá aplicarle una sanción conminatoria hasta el día del efectivo cumplimiento..."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos diversos; la resolución es de un Juez del Tribunal del Trabajo y el dispositivo final es el que se considera.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.