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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: TERCERO, MARIA OLIVIA – CORNU, FREDY NICOLAS c/ GALENO ART S.A

Los actores reclamaron prestaciones dinerarias por enfermedad profesional (muerte por COVID-19) derivada de la actividad laboral. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda y condenó a Galeno ART S.A. al pago de $143.599.626 por prestaciones previstas en el art. 18 y concordantes de la Ley Nº 24.557, rechazando las defensas de la aseguradora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 3 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 3
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-166679/2020
Carga de la prueba Art Enfermedad profesional Prestaciones dinerarias Presuncion de origen laboral Honorarios. Covid-19 Ley 24.557 Muerte laboral Dnu 367/2020

¿Quién es el actor?

María Olivia Tercero (cónyuge supérstite) y Fredy Nicolás Cornu (hijo/heredero), representados por el Dr. Jorge Eduardo Ale, y en representación de los hijos menores intervino la Defensoría.

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de prestaciones dinerarias por enfermedad profesional (muerte del trabajador Fredy José Cornu por COVID-19) en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo y DNU Nº 367/2020.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Galeno ART S.A. a abonar Pesos Ciento Cuarenta y Tres Millones Quinientos Noventa y Nueve Mil Seiscientos Veintiséis ($143.599.626) más costas a la demandada, regulando honorarios y pericias. Se rechazaron las defensas de falta de legitimación pasiva y las objeciones sobre la procedencia de la enfermedad profesional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por todo lo expuesto, considero que en la causa se encuentran configurados los presupuestos fácticos y jurídicos que permiten presumir el carácter profesional de la enfermedad no listada Covid-19 contraída por quien en vida fue el Sr. Fredy José Cornu. Siendo ello así, corresponde rechazar la defensa de falta de legitimación pasiva opuesta por la demandada."

"En virtud de lo resuelto precedentemente, propicio se condene a Galeno ART al pago de las prestaciones dinerarias previstas en el art. 18 y concordantes de la Ley Nº 24.557 y adicional del art. 3 de la Ley Nº 26.773. De acuerdo a ello y considerando la planilla elaborada por la Contadora de esta Sala, CPN Luciana Alberto, la que forma parte del presente fallo y se agrega al expediente digital como archivo adjunto a la sentencia, el monto de condena asciende a la suma de Pesos Ciento Cuarenta y Tres Millones Quinientos Noventa y Nueve Mil Seiscientos Veintiséis ($143.599.626)..."

"DICTAMINO: Que la muerte del Sr. Fredy José Cornu de 54 años de edad – DNI: 18.197.846, ocurrida el 31 de agosto del 2020 a horas 19:00, se debió a causa de una Insuficiencia Respiratoria Aguda por COVID – 19 (Enfermedad Profesional No Listada) – Laboratorio Especifico para COVID – 19 Positivo – producto de Factores Determinantes de la Salud, por haber estado expuesto a los intensos Factores de Riesgo, en un medio ambiental adverso – plena pandemia COVID 19 – que impactó negativamente (muerte) y que según a mi leal saber y entender técnico científico médico laboral – legal, se podría haber evitado, si la empresa y/o ART le hubiese brindado los cuidados preventivos y/o protección adecuada, con las medidas sanitarias reglamentada: Recomendaciones y Medidas de Prevención el Trabajo – Recomendaciones para la prevención del COVID – 19”."

Sobre la inconstitucionalidad alegada: "Consecuentemente tales dispositivos legales no resultan de aplicación en la presente causa."

(Votos en disidencia: no consta disidencia en el dispositivo final).

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