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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO IBAÑEZ, DIEGO CESAR C/ PROVINCIA ART S.A

El actor promovió ejecución por enfermedad/accidente de trabajo y corresponde regular honorarios por la etapa de ejecución. El Tribunal del Trabajo reguló los honorarios del Dr. Jorge Eduardo Ale en $2.654.485 y del Dr. Carlos Ariel Meyer en $247.275, más IVA si correspondiera, aplicando la ley 6368 y la tasa activa del Banco Nación por mora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-90780/2017
Honorarios Ejecucion Regulacion Tasa activa banco nacion Iva Etapa de ejecucion Art. 34 Enfermedad/accidente de trabajo Ley 6368 Provincia/art

¿Quién es el actor?

Ibañez, Diego César (expte. caratulado “ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO IBAÑEZ, DIEGO CESAR C/ PROVINCIA ART S.A.”).

¿A quién se demanda?

Provincia / ART S.A. (según carátula).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución/etapa de ejecución por enfermedad/accidente de trabajo y regulación de honorarios de los profesionales intervinientes.

¿Qué se resolvió?

Se regularon los honorarios correspondientes a la etapa de ejecución: Dr. Jorge Eduardo Ale $2.654.485 más IVA si correspondiera; Dr. Carlos Ariel Meyer $247.275 más IVA si correspondiera. No se regulan honorarios al Dr. Juan Sebastián Jenefes (art. 23 in fine ley 6368). Se ordenó notificar por cédula y protocolizar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los profesionales realizaron los actos procesales tendientes al efectivo cobro del capital y sus honorarios, hasta obtener y efectivizar el pago de fondos según consta en autos.

Así, corresponde regular sus emolumentos conforme la ley 6368 (arts. 01, 15, 16, 17, 23, 24, 31, 34 y ccs.) y se fijan para el Dr. Jorge Eduardo Ale en la suma de pesos dos millones seiscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y cinco ($2.654.485), más el impuesto al valor agregado (IVA) si correspondiere. La regulación responde al 7% previsto en el art. 34 de la ley arancelaria, ajustado a las etapas de ejecución efectivamente cumplidas (su totalidad) el monto ejecutado ($34.171.054,49) -capital y honorarios del Dr. Ale, con más el interés a tasa activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde el 09 de mayo del 2025 (fecha de la planilla de liquidación) hasta el día de hoy ($3.750.170,72).

Al Dr. Carlos Ariel Meyer en la suma de pesos doscientos cuarenta y siete mil doscientos setenta y cinco ($247.275), más el impuesto al valor agregado (IVA) si correspondiere. La regulación responde al monto ejecutado de sus honorarios ($3.183.148,21) más los interese correspondientes ($349.340,97) conforme las pautas señaladas precedentemente.

En caso de mora en el pago de las sumas indicadas se liquidarán intereses con la tasa activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina.

No se regulan honorarios al Dr. Juan Sebastián Jenefes (art. 23 in fine ley 6368)"

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