ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: VILLAFAÑE, ANTONIO RAMON C/ ESTADO PROVINCIAL - POLICIA DE LA PROVINCIA DE JUJUY
El profesional solicitó la regulación de honorarios por la labor efectuada en la etapa de ejecución de sentencia en causa por enfermedad/accidente de trabajo. El Tribunal del Trabajo reguló los honorarios en $306.030 más IVA, aplicando el 7% previsto en el art. 34 de la ley arancelaria sobre el monto ejecutado y los intereses liquidados.
¿Quién es el actor?
Dr. Ramiro Ignacio San Juan Rodriguez (solicitante de la regulación de honorarios).
¿A quién se demanda?
Estado Provincial - Policía de la Provincia de Jujuy (parte ejecutada en la causa “VILLAFAÑE, ANTONIO RAMON C/ ESTADO PROVINCIAL - POLICIA DE LA PROVINCIA DE JUJUY”).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios por la labor profesional desarrollada en la etapa de ejecución de sentencia.
¿Qué se resolvió?
Se regulan los honorarios en la suma de pesos trescientos seis mil treinta ($306.030), más IVA si correspondiere, con notificación por cédula y protocolización.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El profesional realizó los actos procesales tendientes al cobro del capital y sus honorarios, hasta obtener y efectivizar el pago de fondos según consta en autos.
Así, corresponde regular sus emolumentos conforme la ley 6368 (arts. 01, 15, 16, 17, 23, 24, 31, 34 y ccs.) y se fijan en la suma de pesos trescientos seis mil treinta ($306.030), más el impuesto al valor agregado (IVA) si correspondiere. La regulación responde al 7% previsto en el art. 34 de la ley arancelaria, ajustado a las etapas de ejecución efectivamente cumplidas (su totalidad) el monto efectivamente ejecutado ($3.930.180,87) -capital y honorarios, con más el interés a tasa activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde el 29 de mayo del 2025 (fecha de la planilla de liquidación que se ejecutó) hasta el día de hoy ($441.680,28).
En caso de mora en el pago de la suma indicada se liquidarán intereses con la tasa activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina."
Resultado práctico y medidas ordenadas: regulación de honorarios por $306.030 más IVA; Notifíquese por cédula y protocolizar.
(No se consignan votos en disidencia en el texto aportado).
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