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Cámara de Apelaciones

DESPIDO: HERRERA, NELSON ALBERTO C/ CAYAMPI, OSCAR SERAPIO y CAYAMPI, IVÁN JOSUÉ

El actor demandó por despido reclamando indemnizaciones, diferencias salariales, SAC y otros rubros por relación laboral no registrada. El Tribunal hizo lugar parcialmente: rechazó la pretensión contra Iván J. Cayampi por falta de legitimación, consideró extinguido el vínculo por abandono (despido con justa causa) y condenó a Oscar S. Cayampi al pago de diferencias salariales, SAC y vacaciones proporcionales por $5.638.602,35, declarando además la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928 y del art. 64 de la Ley 6368.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 2 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 2
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-193212/2021
Legitimacion pasiva Diferencias salariales Honorarios y costas Sueldo anual complementario (sac) Certificacion de servicios (art. 80 lct) Despido (abandono de trabajo) Inconstitucionalidad ley 23.928 (art. 7) Actualizacion crediticia / smvm Cct 38/89 ? oficial a Tribunal del trabajo ? sala i (jujuy) Observaciones breves finales: Se rechazo la extension de responsabilidad a ivan j. cayampi por falta de intimacion y prueba de rol patronal La condena quedo dirigida solo contra oscar s. cayam?pi. El tribunal declaro inconstitucional la prohibicion legal de actualizacion monetaria (art. 7 ley 23.928) y aplico la metodologia de la suprema corte provincial (precedente coronel) para recomponer el credito Fijando el importe indicado y ordenando intereses por incumplimiento.

¿Quién es el actor?

Nelson Alberto Herrera, representado por Dres. Antonio Carrasco y Rodrigo S. Machado.

¿A quién se demanda?

Oscar Serapio Cayampi e Iván Josué Cayampi (codemandados).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por despido (despido indirecto), diferencias salariales, SAC, vacaciones no gozadas, indemnizaciones agravadas (arts. 80 LCT, leyes 24.013 y 25.323), duplicación por Decretos 34/2019 y 961/2021, aplicación art. 275 LCT, actualización conforme art. 276 LCT, multas y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente a la demanda contra Oscar Serapio Cayampi; se condena al pago de $5.638.602,35 por diferencias salariales, SAC y vacaciones proporcionales (rubros no prescriptos) y a entregar certificado de servicios; se rechaza la demanda contra Iván Josué Cayampi por falta de legitimación pasiva; se declara inconstitucional el art. 7 de la Ley 23.928 (mod. por Ley 25.561) y el art. 64 de la Ley 6368; se regulan honorarios y costas a cargo de Oscar S. Cayampi.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Lo primero que debe señalarse en relación con la imputación de responsabilidad a este codemandado, es que se advierte la ausencia de presupuesto fáctico y jurídico que habilite la legitimación pasiva del Sr. Iván Josué Cayam­pi... La omisión de intimarlo impide, por sí sola, construir una injuria o un estado de mora que permita luego reclamarle efectos de una extinción que nunca fue dirigida a su persona." (Fund. 2)

"De las constancias incorporadas en autos surge que dicho silencio no existió, ya que la parte patronal cursó comunicaciones postales de rechazo y emplazamiento que fueron debidamente acreditadas... La carta documento del 22/9/2021 en la que se hace efectivo dicho apercibimiento configura, en ese marco, un despido con justa causa por abandono de trabajo." (Fund. 4)

"Resulta por ende procedente el reclamo de diferencias salariales en razón de que estas retribuciones abonadas al trabajador son menores a los pisos salariales marcados por la escala que le resulta aplicable, esto es, la categoría de Oficial A del C.C.T. Nº 38/89." (Fund. 5.b)

"En mérito de lo expuesto se declara para este caso concreto la inconstitucionalidad de los artículos 7 -con las modificaciones del art. 4 de la ley 25.561- de la Ley Nº 23.928, en razón de que vulnera el derecho de propiedad y el de tutela judicial efectiva, así como la protección contra el despido arbitrario, consagrados en los art. 14 bis, 17 y 18 de la C.N." (Fund. 6.b)

"Siguiendo las pautas referidas, el monto de condena actualizado por al día de la fecha asciende a la suma de Pesos CINCO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS DOS CON 35/100 ($ 5.638.602,35)." (Fund. 7)

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en el texto analizado; el bloque dispositivo final (RESUELVE) contiene la decisión mayoritaria.

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