ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: TARIFA, CRISTIAN ALEJANDRO C/ LA HOLANDO SUDAMERICANA COMPAÑÍA DE SEGUROS A.R.T. S.A
El actor demandó por prestaciones dinerarias derivadas de un accidente de trabajo ocurrido el 04/03/2023, reclamando indemnización por incapacidad y declarar la inconstitucionalidad del trámite previo ante Comisiones Médicas. La Vocalía N° 2 de la Sala I del Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 en lo que imponen la actuación previa y obligatoria de las Comisiones Médicas, condenó a la ART al pago de $25.763.050,36 y reguló costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
Sr. Cristian Alejandro Tarifa (representado por Dr. Carlos Ariel Meyer).
¿A quién se demanda?
La Holando Sudamericana Compañía de Seguros A.R.T. S.A. (aseguradora de Cardelini S.R.L.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo (incapacidad parcial, permanente y definitiva; rubros adicionales; actualizaciones e intereses) y declaración de inconstitucionalidad de normas que imponen el trámite administrativo previo ante Comisiones Médicas (arts. 21, 22, 46 LRT y decretos reglamentarios), más impugnación del art. 64 de la Ley 6368.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y normas reglamentarias en cuanto impongan la actuación previa y obligatoria ante Comisiones Médicas y la competencia recursiva federal; se condenó a la ART al pago de PESOS VEINTICINO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y TRES MIL CINCUENTA CON 36/100 ($ 25.763.050,36); se reguló costas y honorarios conforme a lo dispuesto; y se declaró inconstitucional el art. 64 de la Ley 6368 en los términos reseñados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripciones textuales relevantes:
a) Sobre competencia y procedencia de la vía judicial sin agotamiento administrativo:
"De allí que por el momento resulte de aplicación al caso la tesitura sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos 'Castillo, Ángel c. Cerámica Alberdi S.A.' (Fallos: 327:3610, 07/09/2004), 'Venialgo, Inocencio c. Mapfre Aconcagua S.A.' (CSJN, sentencia del 13/03/2007) y 'Obregón, Francisco Víctor c. Liberty ART' (CSJN, sentencia del 07/04/2012), respecto de la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 inc. 1 de la ley especial, estableciendo en líneas generales que los trabajadores pueden concurrir directamente ante los tribunales laborales para reclamar las prestaciones dinerarias o en especie de la LRT, sin necesidad de transitar el procedimiento ante las comisiones referidas; por lo que corresponde admitir la competencia de este tribunal para entender en la presente causa."
b) Sobre la acreditación de la enfermedad profesional y su vinculación causal:
"En definitiva, el dictamen pericial confirma la existencia de la patología y su razonable vinculación con las tareas que el actor realizaba para la patronal, lo que no fue esterilizado desde lo científico o lo fáctico por la demandada."
c) Sobre la valoración pericial y la incapacidad:
"En base al examen clínico determina que el actor padece de una incapacidad Laboral Parcial, Permanente y Definitiva del 24,50%, derivada de limitaciones funcionales en el hombro izquierdo y RVAN Grado III, incluidos los factores de ponderación."
d) Bloque dispositivo (extracto):
"1.- Declarar para el presente caso la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la ley 24.557 ... en cuanto se refieran a la actuación previa y obligatoria ante las Comisiones Médicas y la competencia recursiva federal; así como también del art. 64 de la Ley 6368; ...
2.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por el Sr. CRISTIAN ALEJANDRO TARIFA ... a quien se condena a abonar la suma de PESOS VEINTICINO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y TRES MIL CINCUENTA CON 36/100 ($ 25.763.050,36) ..."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución consta como decisión del Tribunal (Vocalía N° 2) y el bloque dispositivo final es lo que decide el Tribunal; no hubo votos en disidencia consignados en el decisorio.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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