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Cámara de Apelaciones

Enfermedad/Accidente: Javier Gustavo Cavero c/ Swiss Medical S.A

El actor promovió demanda laboral contra SWISS MEDICAL A.R.T. S.A. reclamando prestaciones e indemnización por secuelas de un accidente de trabajo. El Juzgado del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró habilitada la vía judicial, admitió la existencia del accidente laboral y la relación causal de las secuelas, y difirió la cuantificación del monto y honorarios al sector contable.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 9 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 9
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-191530/2021
Pericia medica Incapacidad Accidente de trabajo Art Indemnizacion tarifada Sala iii Tribunal del trabajo Ley 24.557 Ley 26.773 Cuantificacion diferida Alta medica con secuelas Observacion: la sentencia es de primera instancia (juzgado unipersonal Tribunal del trabajo de jujuy). se difirio la cuantificacion del monto y la regulacion de honorarios Por lo que lo resuelto en el dispositivo admite cumplimentacion posterior mediante la liquidacion contable ordenada en el propio fallo.

¿Quién es el actor?

JAVIER GUSTAVO CAVERO, representado por la Dra. Elsa Magdalena de la Torre.

¿A quién se demanda?

SWISS MEDICAL A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago y otorgamiento de prestaciones e indemnización por incapacidad permanente y prestaciones previstas en la Ley 24.557 y Ley 26.773, con intereses y costas, por secuelas de accidente de trabajo ocurrido el 09/07/2020.

¿Qué se resolvió?

Se declaró habilitada la vía judicial y se hizo lugar a la demanda; se reconoció la existencia del accidente de trabajo, la existencia de secuelas incapacitantes y la relación causal con el siniestro; se condenó a SWISS MEDICAL A.R.T. S.A. a abonar la indemnización tarifada de pago único (Art. 2 Ley 26.773 y Art. 14.2.a) Ley 24.557) más la prestación del Art. 3 Ley 26.773; se difirió la cuantificación del monto de condena y la regulación de honorarios al sector contable; costas a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De todos modos, las partes han consentido que el proceso avance hasta el dictado de la sentencia definitiva, de modo que no luce ajustado a las reglas de la lógica del razonamiento y del proceso, que avocados a resolver el fondo del asunto, tratemos en sentido favorable una materia previa por excelencia, lo que significa tanto como adelantar que la excepción evidentemente no mantiene interés actual y no va a prosperar."

"Para simplificar la materia controvertida, vamos a destacar que en la prueba de la demandada “constancia alta médica Cavero.pdf” se confirma que la propia accionada reconoce que el actor sufre secuelas incapacitantes con motivo del accidente de trabajo analizado en autos, y que lo único que restaba era determinar el alcance de esa incapacidad."

"Conforme la normativa analizada “en tales casos, el trámite tiene como único objeto establecer el porcentaje de incapacidad de una contingencia cuyo carácter laboral no se encuentra controvertido por las partes” -Art. 4.2 Resolución 899-E/2017-. Es decir que no le asiste razón a la parte demandada cuando afirma que el actor principalmente debió asistir a la C.M. Jurisdiccional, ya que la obligación transcendental en tal caso era de su parte como aseguradora, siendo accesoria, secundaria o subsidiaria la opción del actor de instar ese trámite."

"Entiendo que el dictamen pericial, que tenía por objeto determinar secuelas incapacitantes en el actor, con motivo del accidente de trabajo admitido como tal, resulta un acto pericial, probatorio y científico, sólido, razonable y bien fundamentado, por lo que comparto sus conclusiones."

"De manera que propicio condenar a SWISS MEDICAL A.R.T. S.A. a abonar al actor la indemnización tarifada de pago único –Art. 2º Ley 26.773- que prescribe el Art. 14.2.a) de la ley 24.557 más la prestación del Art. 3º de la Ley 26.773. Costas a la vencida."

Prueba decisiva y hallazgos: se valoró el dictamen pericial de la Dra. Patricia Astrid Gonzalez (Medicina del Trabajo) que concluyó incapacidad parcial y permanente del 20,05% de la TO, con detalle de limitaciones funcionales de muñeca derecha, lesión parcial del nervio mediano y diagnóstico de secuela de fractura de radio distal derecho; además la propia documentación de la ART contenía constancia de alta médica con secuelas incapacitantes (alta 22/12/2020; retorno al trabajo 23/12/2020, asignación de tareas livianas).

¿Cómo votaron los jueces?

no se registran votos en disidencia. La resolución final del Juzgado unipersonal (Vocalía Nº 9) coincide con el voto expuesto.

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