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Cámara de Apelaciones

Enfermedad – Accidente de trabajo: Valladares, Diego Aldo c/ Asociart ART S.A

El actor promovió reclamo por enfermedad/accidente de trabajo y las partes celebraron convenio transaccional por $15.000.000 sujeto a homologación. El Tribunal homologó el convenio y el convenio de pago de honorarios, reguló honorarios del perito médico en $300.000 y dispuso la liquidación del crédito fiscal, por entender que la transacción “representa una justa composición de los derechos e intereses de las partes”.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-259328/2024
Accidente de trabajo Art Perito medico Homologacion Honorarios periciales L.c.t. Convenio transaccional Liquidacion credito fiscal Regulacion honorarios $300.000 Monto transaccion $15.000.000

¿Quién es el actor?

Valladares, Diego Aldo (actor).

¿A quién se demanda?

Asociart ART S.A. (demandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por enfermedad – accidente de trabajo; las partes celebraron un acuerdo transaccional y un convenio de pago de honorarios que se sometieron a homologación judicial.

¿Qué se resolvió?

Se homologaron los convenios traídos a la causa; se regularon los honorarios del perito médico Dr. José Causarano en $300.000; se dispuso la liquidación del crédito fiscal y notificar por cédula a las partes y al perito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, durante el trámite del proceso el Dr. Joaquín Guillermo Jenefes Quevedo presenta escrito Nº 1.987.867 dando cuenta en PDF adjunto de acuerdo transaccional celebrado entre las partes y que se encuentra refrendado por ambos letrados, concurriendo el Dr. Alfonso Andrés Zamar por la demandada, sujeto a homologación judicial y que ha sido ratificado personalmente por el actor ante el Actuario (acta 30/10/2025, SIGJ)."

"Que, el mismo 'representa una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (art. 15 de la L.C.T.) por lo que al respecto la homologación deviene ajustada a derecho."

"Así, admitido como monto del juicio el que resulta de transacción con particular remisión a cláusulas tercera y cuarta ($ 15.000.000), teniéndose presentes arts. 17, 23 y 24 Ley de Aranceles de Abogados y Procuradores Nº 6368/23, art. 277 LCT, el art. 200 de la L.O.P.J. y la Acordada Nº 114/16, y también criterio sentado por la Suprema Corte de Justicia en Libro de Acuerdos Nº 4, Fº 393/399, Nº 121, fallo del 02/07/2019 (ulterior a Acordada 114/16), admitido como monto del juicio el que resulta de transacción y ponderada la tarea como también la relevancia de la incidencia de lo dictaminado en la conclusión de la causa, se establecen los honorarios del perito médico Dr. José Causarano en $ 300.000 ($ 15.000.0002/100 = $ 300.000)."

"Que, también se ha traído a la causa (PDF adjunto) y se ha solicitado homologación convenio de pago de honorarios profesionales de letrado y admitido que el mismo resulta de justa composición de intereses, se colige en admitir la homologación solicitada."

Parte resolutiva final (literal):

"RESUELVO: I.- Homologar en cuanto por derecho hubiere lugar convenio celebrado por las partes traído a la causa por escrito Nº 1.987.867 y PDF adjunto e incorporado al SIGJ.

II.- Homologar en cuanto por derecho hubiere lugar convenio de pago de honorarios celebrado entre las partes en PDF adjunto e incorporado al SIGJ.

III.- Regular los honorarios profesionales al perito médico Dr. José Causarano $ 300.000.

IV.- Disponer la liquidación del crédito fiscal.

V.- Notificar por cédula a las partes y perito, agregar copia en autos, protocolizar."

¿Cómo votaron los jueces?

no se registra votación en disidencia; la resolución está firmada por el Juez Herrera, Hugo César Moisés, y el Prosecretario Moyano, Walter Reyes.

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