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Cámara de Apelaciones

DESPIDO DIRECTO SIN INVOCACIÓN DE CAUSA: TABOADA, ANGEL JUAN MANUEL C/ FANZAGO, PATRICIA GABRIELA y otros

Se planteó la admisión de un hecho nuevo por apoderado que refiere demanda pendiente en otra Vocalía por despido. La Vocalía Unipersonal N°1 hizo lugar al incidente y ordenó tener presente el hecho nuevo para ser considerado al momento de dictar la sentencia definitiva.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 1 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 1
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-272127/2025
Prueba Incidente Hecho nuevo Tramite incidental Despido directo Tribunal del trabajo Vocalia unipersonal Tener presente Registrar y protocolizar Competicion de demandas

¿Quién es el actor?

El Sr. Cristian Aníbal FANGAZO (según lo denunciado por el Dr. Raúl Alberto QUIQUINTO en representación de dicho interesado).

¿A quién se demanda?

Sucesión de Renato Fangazo y sus administradoras; en estas actuaciones la actora y codemandadas: Patricia Gabriela FANGAZO y Marcela Alejandra FANGAZO (representadas por sus respectivos apoderados).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Expediente principal caratulado “DESPIDO DIRECTO SIN INVOCACIÓN DE CAUSA: TABOADA, ANGEL JUAN MANUEL C/ FANZAGO, PATRICIA GABRIELA y otros”; en estas actuaciones se presentó un escrito denunciando un hecho nuevo (promoción de demanda por despido en otra Vocalía).

¿Qué se resolvió?

La Vocalía Unipersonal N°1 resolvió hacer lugar al planteo y tener presente el hecho nuevo denunciado por el Dr. Raúl Alberto QUIQUINTO mediante escrito Nº 1974767 para que sea considerado al momento de dictar la sentencia definitiva; además ordenó registrar, protocolizar y hacer saber.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que mediante escrito Nº 1974767 se presenta el Dr. Raúl Alberto QUIQUINTO en representación del Sr. Cristian Aníbal FANGAZO denunciando hecho nuevo e invocando que su mandante ha promovido ante el Tribunal de Trabajo - Sala III - Vocalía 8, demanda por despido contra la Sucesion de Renato Fangazo y sus administradoras."

"Que luego de analizar las presentes actuaciones, tengo presente el hecho nuevo denunciado por el Dr. Raúl Alberto QUIQUINTO mediante escrito 1974767 para ser considerado al momento de resolver el fondo de la cuestión."

Parte resolutiva final (texto íntegro relevante):

"I.- Tener presente el hecho nuevo denunciado por el Dr. Raúl Alberto QUIQUINTO mediante escrito 1974767 para el momento de dictar sentencia definitiva.

II.- Registrar, protocolizar y hacer saber."

¿Cómo votaron los jueces?

Resolución unipersonal firmada por la Jueza Vocalía Unipersonal N°1 Maria Silvina Arrieta; no se registran votos en disidencia.

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