Despido: VILTE, Sandra Mabel c/ LLAMPA, Vilma y ECHAVARRIA, Hugo
La actora promovió acción por despido y diferencias salariales contra Vilma Llampa y Hugo Echavarría por su trabajo en el Jardín Maternal Wawa Huasi. El Tribunal hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva y rechazó la demanda por no acreditarse la relación laboral; además reguló honorarios y sancionó con la pérdida del cobro al apoderado de la actora.
¿Quién es el actor?
Sra. Sandra Mabel VILTE.
¿A quién se demanda?
Sres. Vilma LLAMPA y Hugo ECHAVARRIA (propietarios señalados del Jardín Maternal Intercultural Bilingüe Wawa Huasi).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo laboral por despido (desvinculación incausada/indemnizaciones), diferencias de haberes, horas extras, certificación de servicios y demás rubros indemnizatorios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por los demandados y, en consecuencia, se rechazó la demanda en todas sus partes; se impusieron costas a la actora; se regularon honorarios para tres letrados en $826.788 cada uno y se sancionó al Dr. Mario Rodolfo GUALAMPE con la pérdida del cobro de sus honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en autos existe una total orfandad probatoria al respecto, atento que la actora no ha arribado prueba alguna a los fines de corroborar la relación laboral denunciada en autos con los demandados Vilma LLAMPA y Hugo CHAVARRIA."
"En virtud de lo expuesto, concluyo que no se encuentra acreditada la existencia de una relación laboral entre las partes, habiéndose demostrado, en cambio, que el Jardín Maternal intercultural Bilingüe Wawa Huasi pertenece a la Comunidad de Pueblos Aborígenes 'Llanka Maki' y no a los demandados en estos obrados."
"Que en los presentes obrados no se ha logrado acreditar ninguno de los hechos invocados en el escrito de demanda, razón por la cual no queda otra alternativa que disponer el rechazo de la misma. Esta situación es consecuencia directa de la negligencia probatoria y de la deficiente labor profesional en la que incurrió el abogado de la actora, evidenciando que no brindó una adecuada orientación a su cliente respecto a la procedencia o viabilidad de la acción interpuesta, incumpliendo con su deber de diligencia y asesoramiento responsable.
Cabe resaltar que esta conducta no constituye un hecho aislado, pues se ha constatado que el mismo abogado incurrió en un comportamiento similar en otros procesos tramitado ante esta misma vocalía, el cual concluyó igualmente con el rechazo de la demanda (Expediente Nº C-200.894/22, caratulado: DESPIDO: ALVARADO RODRIGUEZ, Rubén c/ FLORES, Wilfredo Ismado y Expediente Nº C-224914/23, caratulado: 'Enfermedad/Accidente de Trabajo: RAMIREZ, Marcelo Agustín c/ MORALES, Víctor Hugo').
En consecuencia, sanciono al Dr. Mario Rodolfo GUALAMPE con la perdida de sus honorarios en los presentes obrados."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia; la resolución final es la que obra en el bloque dispositivo citado y manda sobre cualquier propuesta individual.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.