ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: CHIRE, JUAN NORMANDO C/ EXPERTA ART S.A
Se solicitó la regulación de honorarios profesionales por la labor realizada en la etapa de ejecución de una causa por enfermedad/accidente de trabajo. La Vocalía Unipersonal nº 1 del Tribunal del Trabajo reguló los honorarios a $6.507.820,76, fundando la decisión en el monto ejecutado actualizado y en el artículo 34 de la Ley 6368.
¿Quién es el actor?
Dr. Carlos Sebastián ESPADA, quien presentó escrito solicitando la regulación de sus honorarios por la labor desarrollada en la etapa de ejecución.
¿A quién se demanda?
(no se litiga contra un tercero específico en la providencia; se tramita ante la Vocalía Unipersonal nº 1 del Tribunal del Trabajo en el expediente “CHIRE, JUAN NORMANDO C/ EXPERTA ART S.A.”).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios profesionales correspondientes al trabajo en la etapa de ejecución del proceso.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la solicitud regulando los honorarios del Dr. Carlos Sebastián Espada en la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTE con 76/100 ($6.507.820,76), con más IVA si correspondiera, y adicionando en caso de mora intereses según la doctrina citada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No obstante mi criterio personal, en atención a lo resuelto por la Cámara de Apelaciones del Trabajo en Expediente Nº 20938/2025, caratulado: "Recurso de Apelación en C-147434/2019 –Enfermedad/Accidente de Trabajo: Jiménez Márquez, Félix Adolfo c/ Galeno ART S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo", a fin de evitar un innecesario desgaste jurisdiccional, considerando el monto ejecutado actualizado a la fecha ($ 92.968.868, 11), como así también lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 6368, se establecen los estipendios profesionales del Dr. Carlos Sebastián ESPADA en la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTE con 76/ 100($6.507.820,76), importe al cuál, en caso de mora, se le deberá adicionar intereses según Doctrina de la Suprema Corte de Justicia (Libro de Acuerdo Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina hasta el día de su definitivo y cancelatorio pago.-"
RESUELVE:
"I) Regular los honorarios profesionales del Dr. CARLOS SEBASTIAN ESPADA en la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTE con 76/100($6.507.820,76),conforme lo expresado en el considerando, con más IVA si correspondiere.
II) Protocolizar, hacer saber, etc."
¿Cómo votaron los jueces?
Resolución dictada por la Vocalía Unipersonal nº 1 (Jueza Arrieta, María Silvina). No constan votos en disidencia.
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