JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Enfermedad/Accidente de Trabajo: MEDRANO, Ramiro Ariel c/ GALENO ART S.A

El actor promovió demanda por enfermedad profesional contra GALENO ART S.A. solicitando indemnización por incapacidad derivada de exposición a vibraciones y tareas de conducción. La Vocalía Unipersonal hizo lugar a la demanda y condenó a la ART a pagar $25.459.156,92 por incapacidad permanente del 15%, fundando la sentencia en informes periciales médico y técnico que acreditaron la exposición y la relación causal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 1 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 1
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-270401/2025
Indemnizacion Pericia medica Honorarios Art Pericia tecnica Enfermedad profesional Lumbociatalgia Actualizacion ripte Vibraciones de cuerpo entero Incapacidad permanente 15% Observacion final: la resolucion es sentencia de fondo que condena a la art al pago unico de la indemnizacion calculada conforme ley 24.557 y la reglamentacion (dnu 669/19 Ssn 332/23) Con imposicion de costas y regulacion de honorarios y peritajes conforme lo consignado en la parte resolutiva.

¿Quién es el actor?

Sr. Ramiro Ariel MEDRANO.

¿A quién se demanda?

GALENO ART S.A. (GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABA S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por enfermedad profesional (lumbociatalgia/lumbalgia derivada de exposición a vibraciones de cuerpo entero y riesgos ergonómicos por tareas de conducción de cosechadora/tractor).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a GALENO ART S.A. a abonar $25.459.156,92 en concepto de indemnización por enfermedad profesional; se regularon honorarios de abogados y peritos (detallados en la parte resolutiva).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Al ser puesto a observación de partes, el Dr. ARIAS CAU, impugnó la pericia médica (ED Nº 1859888).

El galeno manifiesta que: “Diagnóstico: De acuerdo a los antecedentes y el examen médico el actor sufre lumbalgia crónica con limitaciones funcionales Estuvo expuesto durante 8 horas diarias, a veces 12 horas, en forma prolongada a los sacudones se transmiten a su cuerpo y sobre todo en su columna lumbar. Las tareas descriptas configuran un mecanismo idóneo para provocar las patologías lumbares que presenta el actor por lo que configura enfermedad profesional. El actor presenta como secuelas del accidente sufrido lumbociatalgia crónica grave. con limitaciones funcionales. De acuerdo al baremo de Ley 24.557, 1) Lumbociatalgia con limitaciones columna dorsolumbar: flexión de 0º a 30º (6%). Extensión 0 a 0º (3%). Rotación De Izq. 0 a 20º (2%). Inclinación De I. 0º a 10º (2%). Se debe dictaminar la incapacidad en forma global por lumbociatalgia con manifestaciones clínicas, radiológicas y limitaciones funcionales. Incapacidad 13.00%”.

Concluye que: “El actor Sr. MEDRANO RAMIRO ARIEL, presenta una incapacidad permanente y definitiva del 15.00 %(quince por ciento) por la patologías laborales contraídas trabajando para la empleadora.”

Por su parte, el perito técnico informa que: “En relación al puesto de trabajo en el que se desempeña el actor, evidenciando que la mayor parte de la tarea en tiempos de zafra, las efectúa en al equipo “Cosechadora” ... conforme lo observado el causante se encuentra enlistado ... y por las tareas que describe y desarrolla el actor, se encuentran calificado, con los agentes de riesgos de códigos ESOP: Agentes Físicos: 90001- RUIDO y 90008- VIBRACIONES DE CUERPO ENTERO. No hay evidencias que dicha planilla de agentes de riesgos, haya sido verificados por la aseguradora según lo indica la normativa vigente, que respalden el control de los mismos y se puedan efectuar todos los estudios médicos periódicos conforme el puesto de trabajo”.

En consecuencia, y a mi entender, los informes periciales producidos en autos se encuentran debidamente fundados tanto en criterios técnicos como científicos, no advirtiéndose motivo alguno que justifique su apartamiento.

Por todo lo expuesto, llego a la conclusión que por las tareas que efectuaba por el Sr. Ramiro Ariel MEDRANO para su empleador, se encontraba expuesto a agentes de riesgo (vibraciones de cuerpo entero) que le ocasionaron una lumbociatalgia, generándole una incapacidad permanente y definitiva del 15 % de la T.O., incluido los factores de ponderación."

Además sobre el quantum y actualización:

"Consecuentemente, el monto indemnizatorio que debe percibir el Sr. Ramiro Ariel MEDRANO por su incapacidad derivada por enfermedad profesional asciende a la fecha de la presente en concepto de capital e intereses a la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON 92/100($ 25.459.156,92), monto que deberá ser abonado en un solo pago ... el importe determinado en la presente de no ser efectivizado por la demandada dentro de los cinco (5) días de dictada la sentencia, generará el interés ... hasta la efectiva cancelación..."

¿Cómo votaron los jueces?

Vocalía Unipersonal (fallo unipersonal por la Jueza Maria Silvina Arrieta). No hubo mayoría/disidencia por ser decisión de una sola magistrada.

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