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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: MOLINA, JOSÉ GUSTAVO C/ GALENO A.R.T. S.A

El actor reclamó prestaciones dinerarias por enfermedad profesional derivada de tareas de tractorista y peón de campo (lumbociatalgia y secuelas lumbares). La Vocalía N°2 de la Sala I del Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de la previa y obligatoria actuación ante las Comisiones Médicas y condenó a GALENO A.R.T. S.A. a pagar $18.716.810,44 por prestaciones dinerarias más costas y honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 2 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 2
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-251687/2024
Incapacidad permanente Inconstitucionalidad Comisiones medicas Costas y honorarios Enfermedad profesional Lumbociatalgia Prestaciones dinerarias Actualizacion ripte Galeno art Ley 24.557

¿Quién es el actor?

Sr. José Gustavo Molina, representado por el Dr. Carlos Ariel Meyer.

¿A quién se demanda?

GALENO A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias previstas por la Ley de Riesgos del Trabajo por enfermedades profesionales —principalmente lumbociatalgia crónica con limitaciones funcionales de columna—; además planteo de inconstitucionalidad de la tramitación previa obligatoria ante Comisiones Médicas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (en cuanto imponen la actuación previa y obligatoria ante Comisiones Médicas y la competencia recursiva federal) y del art. 64 de la Ley 6368; se condenó a GALENO A.R.T. S.A. a abonar $18.716.810,44 por prestaciones dinerarias; costas a la demandada; regulación de honorarios y liquidación de tasas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De allí que en este caso resulte de aplicación la tesitura sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos 'Castillo, Ángel c. Cerámica Alberdi S.A.' (Fallos: 327:3610, 07/09/2004), 'Venialgo, Inocencio c. Mapfre Aconcagua S.A.' (CSJN, sentencia del 13/03/2007) y 'Obregón, Francisco Víctor c. Liberty ART' (CSJN, sentencia del 07/04/2012), respecto de la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 inc. 1 de la ley especial, estableciendo en líneas generales que los trabajadores pueden concurrir directamente ante los tribunales laborales para reclamar las prestaciones dinerarias o en especie de la LRT, sin necesidad de transitar el procedimiento ante las comisiones referidas; por lo que corresponde admitir la competencia de este tribunal para entender en la presente causa."

"En síntesis, se considera acreditado que el actor presenta una disminución en su capacidad laborativa del 14,80% derivada de limitaciones funcionales en la columna lumbosacra, causadas por el accidente. ... De acuerdo a ello y considerando la planilla elaborada por la Contadora de esta Sala, CPN Luciana Alberto, la que forma parte del presente fallo y se agrega al expediente digital como archivo adjunto a la sentencia, el monto de condena actualizado al día de la fecha asciende a la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS DIEZ con 44/100 ($ 18.716.810,44)..."

¿Cómo votaron los jueces?

Sentencia emitida por la Vocalía N°2 (Juez Unipersonal), por lo que la decisión consignada en el dispositivo constituye el pronunciamiento judicial definitivo.

Leyes que cita

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