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Cámara de Apelaciones

Enfermedad/Accidente de Trabajo: ACOSTA, Alberto Felipe c/ Galeno ART S.A

El actor promovió demanda laboral por enfermedad profesional y accidente de trabajo contra GALENO ART S.A. El Tribunal del Trabajo rechazó la demanda por falta de acreditación de la relación causal entre la patología y las tareas o siniestro no probado, y condenó al actor al pago de costas y reguló honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 1 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 1
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-236337/2023
Accidente de trabajo Regulacion de honorarios Rechazo de demanda Enfermedad profesional Lumbociatalgia Costas al actor Tribunal del trabajo jujuy. Incapacidad permanente 17% Prueba pericial medico-tecnica Falta de acreditacion causal

¿Quién es el actor?

Sr. Alberto Felipe ACOSTA, representado por el Dr. Gonzalo Gastón Wulf.

¿A quién se demanda?

GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (GALENO ART S.A.), representada por el Dr. Nicolás Daniel Arias Cau; relación de afiliación con LEDESMA SAAI (contrato Nro. 582046a, vigencia 01/07/2021 a 30/06/2024).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Enfermedad profesional y accidente de trabajo — reconocimiento de incapacidad y consecuente indemnización.

¿Qué se resolvió?

Rechazar la demanda en todas sus partes; imponer costas al actor; regular honorarios profesionales y del perito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El galeno manifiesta que: 'El actor presenta como secuelas de esfuerzo súbito incapacitante y paralizante con lumbociatalgia crónica con limitaciones funcionales. 1) Lumbociatalgia con limitaciones severas columna dorsolumbar: flexión de 0º a 30º (6%). Extensión 0 a 0º (3%). Rotación De Izq. 0 a 20º (2%). Inclinación De I. 0º a 10º (2%) que dificulta notoriamente realizar sus tareas habituales. En forma global se establece incapacidad del 15.00%. A esto deben agregarse factores de ponderación: Dificultad para sus tareas. Moderada. Puede realizar tareas livianas. desde el alta del accidente. 10.00% del 15,00%=1.50%+Factor edad 0,50%. SUMATORIA FINAL: 15,00%+ 1,50%+ 0,50% (diecisiete por ciento)'. Concluye que: 'El actor Sr. ACOSTA ALBERTO FELIPE, presenta una incapacidad permanente y definitiva del 17.00% (diecisiete por ciento) por accidente de trabajo relatado y las tareas de esfuerzo realizadas'."

"A mi criterio, ambos informes periciales se encuentran debidamente fundados desde el punto de vista técnico y científico. Sin perjuicio de ello, del dictamen médico surge que el actor refiere haber sufrido un accidente de trabajo, extremo que no fue mencionado en el escrito de demanda. Tampoco se individualizaron la fecha y hora de su supuesta ocurrencia ni se describió la mecánica del hecho. Asimismo, el perito médico vincula la patología diagnosticada tanto con ese presunto siniestro como con la realización de tareas de esfuerzo; sin embargo, del informe técnico no se desprende acreditación alguna de que el Sr. ACOSTA hubiera efectivamente desempeñado tales labores."

"Por todo lo expuesto, no habiéndose acreditado que la patología determinada por el perito médico guarde relación causal con las tareas desempeñadas por el actor ni con la existencia de agentes de riesgo propios de la actividad, y habiéndose vinculado dicha patología a un siniestro no denunciado ni probado en autos, corresponde rechazar la demanda en todas sus partes."

¿Cómo votaron los jueces?

Vocalía Unipersonal Nº 1 de la Sala I (Jueza María Silvina Arrieta). No hay pluralidad de votos ni disidencias mencionadas.

Montos y honorarios fijados: Honorarios del Dr. Gonzalo E. Wulf: $1.416.945,60; del Dr. Nicolás Arias Cau: $2.024.208; perito Dr. José Causarano: $300.000. Monto reclamado ponderado en la regulación: suma referida de $20.242.080 considerada al 50% ($10.121.040) para la tasación de honorarios (cita en fundamento).

Fechas relevantes: ingreso al empleo 14/4/2014; telegrama que denuncia siniestro 8/8/2023; providencia de reconducción a abreviado 06/11/2025; sentencia 25/11/2025.

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