ENFERMEDAD – ACCIDENTE DE TRABAJO: NINA DANIEL RAMON C/ GALENO ART S.A
La actora promovió demanda por enfermedad/accidente de trabajo contra Galeno ART S.A. El Tribunal de Primera Instancia concedió el recurso de apelación interpuesto por la aseguradora con efecto suspensivo y rechazó el pedido del actor de que la apelación se concediera con efecto no suspensivo, por no acreditarse que la situación administrativa de la compañía impida el cumplimiento de la condena.
¿Quién es el actor?
Nina Daniel Ramón (actor).
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A. (aseguradora ART).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Enfermedad - accidente de trabajo (reclamo de prestaciones/condena laboral por accidente/enfermedad laboral).
¿Qué se resolvió?
La Vocalía Unipersonal Nº 12 concedió el recurso de apelación deducido por Galeno ART S.A. con efecto suspensivo. Rechazó el pedido del actor para que, en caso de concederse el recurso, lo fuera con efecto no suspensivo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Tal pedido lo formula con base en la Resolución 629/2025 de la Superintendencia de Seguros de la Nación por la que se prohibió a Galeno ART S.A. realizar actos de disposición respecto de sus inversiones y se dispuso la inhibición general de sus bienes. Asimismo dicha resolución emplaza a Galeno ART S.A. para que dé explicaciones y adopte las medidas para mantener la integridad de su capital debiendo presentar un plan de regularización y saneamiento.
No advirtiendo que la situación descripta por la Resolución 629/25 y las medidas allí dispuestas impidan a la demandada cumplir con la condena de autos y, eventualmente, teniendo en cuenta lo establecido por el Art. 34 de la LRT, no corresponde hacer lugar a lo peticionado por el letrado del actor toda vez que no encuentro presentes circunstancias que permitan hacer aplicable el segundo párrafo del Art. 235 del CPCC."
Bloque resolutorio:
"I.- No hacer lugar a lo peticionado por el Dr. Jorge Eduardo Ale en representación de la parte actora en cuanto a conceder el recurso de apelación interpuesto por la accionada con efecto no suspensivo.
II.- Conceder el recurso de apelación deducido por el Dr. Nicolás Arias Cau mediante ED 2.001.377 con efecto suspensivo (Art. 234 y 235 del CPCC)
III.- Elevar las actuaciones a la Cámara de Apelaciones del Trabajo sirviendo la presente de atenta nota de remisión.
IV.- Notifíquese por cédula."
¿Cómo votaron los jueces?
Resolución dictada por la Vocalía Unipersonal Nº 12 (Dr. Oscar Humberto Nuttini). No constan votos en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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